RESUMEN
La consolidación del poder de las oligarquías villanas en los concejos de realengo será objeto de estudio en esta contribución a través del seguimiento de la actuación del linaje de los Dávila, de destacada participación en la ciudad de Ávila durante el siglo XV. El proceso de constitución como elite dominante se despliega a partir de una activa política de acumulación económica, que incluye la concentración de la tierra en manos del grupo a costa de la disposición de los suelos por los campesinos de la Tierra. Por otra parte, los caballeros se orientan a promocionarse también como elite dirigente, para lo cual establecen vínculos de cooperación con la monarquía, a la vez que logran ocupar posiciones claves dentro del propio aparato concejil. El seguimiento de las diversas acciones que realizan los miembros de la oligarquía para ascender económica y políticamente posibilita reconocer la dimensión estratégica que adquiere el empleo de la violencia en el largo desarrollo que lleva al encumbramiento de esta minoría villana.
PALABRAS CLAVE
Oligarquías, Tierra, Poder, Violencia, Ávila, Siglo XV.
ABSTRACT
In this paper we study the consolidation of power of local oligarchies in the royal councils by monitoring the highly influential performance of the lineage of Davila in the 15th century city of Avila. The process of its consolidation as the dominant elite was developed by means of an active policy of economic accumulation, including the concentration of land in the hands of the group at the expense of the provision of land for peasants. Moreover, the knights tried to promote themselves as a ruling elite as well, by establishing cooperation links with the monarchy, and also by occupying key positions within the council organization. The analysis of the different actions performed by the oligarchy members in order to rise both economically and politically allows us to recognize how the use of violence becomes a strategic dimension in the long development that leads to the rise of this villain minority.
KEY WORDS
Oligarchies, Land, Power, Violence, Avila, 15th Century.
La actuación de los grandes propietarios urbanos sobre la Tierra de Ávila ha sido objeto de números estudios que desde diversas perspectivas abordaron la ca- racterización de la caballería villana en el área concejil de realengo. La existencia de una oligarquía urbana con fuerte presencia en el entorno rural, a través de di- ferentes relaciones de subordinación con las aldeas, constituye uno de los temas que han despertado mayor interés entre los historiadores del período bajomedieval y temprano moderno.1
¿Quiénes son estos caballeros, cómo actúan y de qué manera construyen las posiciones de poder de las que gozan? Se trata de personajes importantes que pertenecen a las familias más prominentes de la villa y que establecen extensas re- des de alianza y solidaridad, tanto a través del parentesco como de lazos cliente- lares y de dependencia que se asimilan a las formas del pseudoparentesco feudal.2 Dueños de importantes propiedades, con vínculos con los ricos comerciantes de la región, participan de las instituciones del gobierno local; a la vez que sostienen re- laciones ambivalentes con la estructura superior del reino.3 En su activo protago- nismo se los observa interviniendo en las diversas esferas de la vida política y so- cioeconómica del concejo.4
En los siglos finales de la Edad Media, los cambios que se observan en la di- námica económica general de Castilla impactan sobre las estrategias que estas elites elaboran para promover y defender sus intereses tanto económicos como políticos.5 El manejo de los mecanismos formales de la justicia, el control de los cargos municipales y la habilidad para establecer beneficiosas negociaciones con los poderes feudales convierte a los integrantes de los principales linajes abulenses en «omnes poderosos» de los cuales el común campesino recibe «grandes daños e injusticias»6, tal como manifiestan los procuradores pecheros en los diferentes pleitos que se suceden desde mediados del siglo XIV y que cobran mayor intensidad en la centuria siguiente.7 La obtención de posiciones dirigentes dentro de la organización concejil, así como la ampliación de la fuerza económica de los caballeros abulenses constituye un lento proceso en el cual, como se verá más adelante, la violencia sirve como un medio para negociar y validar su supre- macía.
La propiedad y el poder político aparecen como dos sostenes fundamentales de la preeminencia de una minoría de caballeros, cuyas acciones sobre el cam- pesinado en muchas ocasiones lesionan significativamente los intereses de los tri- butarios, y afectan también los de la propia monarquía.8 En las páginas que siguen se presentará la trama de prácticas tendientes al ascenso y a la jerarquización de las familias más encumbradas de Ávila, teniendo en cuenta las diversas interven- ciones de sus miembros a lo largo del siglo XV; siglo que ha sido, como señala Ju- lio Valdeón «la edad de oro» de estas oligarquías.9 La actuación del linaje de los Dávila permite reconstruir la dinámica de construcción del poder concejil en el pe- ríodo posterior a la crisis feudal del siglo XIV.10
Cada una de las acciones de los caballeros que revela la documentación se inscribe dentro de una elaboración estratégica que involucra los intereses de largo plazo del linaje.11 En este sentido, las diversas modalidades de adquisición y con- centración de propiedades, la presencia en las instituciones concejiles y el control de sus principales cargos, la manipulación de la justicia y el vínculo con la monar- quía, así como la apelación a conductas abiertamente violentas, responden a una política de la parentela inmersa en el proceso de promoción y consolidación como grupo dirigente local.
PODER Y PROPIEDAD: EL LINAJE DE LOS DÁVILA12
En el contexto del cese de las guerras exteriores, las prominentes familias de guerreros, asentados ya sobre el territorio y con un patrimonio considerable, co- mienzan un proceso de jerarquización que conduce al cierre de la institución concejil y a la conformación de un «núcleo de poder oligárquico y patrimoniali- zado».13
El linaje de los Dávila basa su poder en el control de vastas superficies de tie- rras pastoriles14, al que gradualmente se sumará un progresivo manejo de las instituciones de gobierno local.15 Moreno Núñez afirma: «Sobre la base de un modesto patrimonio familiar, consistente en heredades situadas en comarcas pró- ximas a la ciudad de Ávila-en donde, además, algunos de sus miembros ejercen los principales cargos concejiles y eclesiásticos (...) logran formar un importante pa- trimonio señorial de rango local y ejercer puestos descollantes en la administración central como colaboradores directos del Rey».16
Se trata de importantes propietarios que, descendientes de los linajes legen- darios de los serranos17, han logrado constituir núcleos señoriales menores. La casa de Cespedosa, Villafranca y Las Navas, así como las de Villatoro y Nava- morcuende y Villanueva y San Román, respectivamente, tienen una presencia sig- nificativa sobre la Tierra abulense, incorporando amplias extensiones de suelos pri- vados y comunales de las aldeas. La reiterada aparición de sus miembros en la serie de litigios que se suceden por el aprovechamiento y ocupación de los térmi- nos es indicativa de una agresiva política patrimonial que sostiene la dinámica ex- pansiva del linaje. Gil Gómez, titular del señorío de Cespedosa y Puente del Con- gosto, Pedro Dávila señor de Villafranca, Gil Gómez y Gonzalo Dávila señores de Villatoro, hasta Sancho Sánchez de Ávila, que ejerce su señorío sobre Villanueva y San Román, son los ejemplos más representativos de esta lógica de construcción del poder territorial.18
Las relaciones sociales y políticas que los Dávila configuran en el concejo atraviesan las distintas generaciones, de allí que se observa la continuidad e in- cluso la ampliación de muchas de las prácticas que las comunidades denuncian como lesivas de sus intereses, por parte de los sucesivos descendientes.19 La dis- posición temprana de importantes superficies de pasturas permitió la conformación de una vasta cabaña ganadera, principal soporte de la riqueza inicial del grupo. La palabra del procurador del caballero Pedro de Ávila revela esta estrategia de con- centración patrimonial:
«teniendo sus antecesores del dicho Pedro de Ávila casas, dehesas, prados e he- redades diz que adquirieron todas las otras casas, tierras e heredades que diz que son en el dicho logar quedó e fincó por los antecesores del dicho Pedro de Ávila, e fueron verdaderos señores e poseedores de todas las casas e heredades e pastos e dehesas que son en el dicho logar e sus términos».20
Esta posesión de recursos económicos importantes les permitió diversificar sus fuentes de poder hasta construir una densa red de intereses, de la que no son aje- nos ni el manejo del préstamo, el control de los intercambios comerciales, ni fun- damentalmente el acceso privilegiado a los mecanismos de toma de decisiones dentro de la estructura del municipio.21
El reforzamiento del poder material junto con la creciente patrimonialización de los cargos municipales conforma un complejo proceso que lleva, a lo largo de tres siglos, al encumbramiento de los Dávila.22 Ya en las primeras décadas del 1400, en un contexto de incremento de la demanda de excedente primario, la disposición de tierras productivas se torna una necesidad crucial para los caballeros cuya fortaleza económica depende del acceso privilegiado a los pastos del término. De allí que se emprendan distintas acciones tendientes a asegurar la concentración en sus ma- nos de los recursos agroganaderos.
La política de compra de heredades en distintos concejos de la Tierra abu- lense forma parte de una estrategia amplia de acrecentamiento patrimonial que llevan a cabo los diferentes miembros del linaje desde su instalación en la ciu- dad.23 La adquisición de suelos se produce, en muchos casos, como resultado de sus propias presiones sobre los pobladores, obligados a vender sus pequeñas parcelas ante la vulnerabilidad de su situación.24 La concentración de propiedades se inscribe en un proceso de progresiva acumulación de poder, que lleva a los principales personajes de la villa a constituir pequeños núcleos señoriales, como continuidad de las originarias concesiones regias, o en contestación a la jurisdic- ción del rey.25 En este contexto, la Corona resuelve limitar la adquisición de tierras por parte de estos caballeros. Veamos en qué términos se formula esta suerte de política proteccionista del realengo.
Ante el requerimiento de autorización de Ana Tapia, viuda de Gil de Villalva, de vender una heredad para obtener los recursos que permitan dotar a sus hijas en edad matrimonial, el soberano responde favorablemente, pero con la expresa ad- vertencia que sigue: «con tanto que non la podáis vender nin vendáis a Fernán Gó- mez Dávila y Pedro de Ávila».26 Ambos, pertenecientes a este poderoso linaje.
Por otra parte, junto con la enajenación de las tierras individuales de los al- deanos menos favorecidos se operan otras prácticas que redundan en el mismo objetivo de concentración de la tierra en poder del grupo. Nos referimos en parti- cular a los recurrentes arrendamientos de suelos que en el pasado se gozaban de manera colectiva, pero sobre los que pesan ahora censos y rentas que deben sor- tearse para poder acceder a ellos. La usurpación de términos comunales junto con las compras y cesiones que bajo distintas formas transfieren el control de los es- pacios a los caballeros configuran una ofensiva villana sobre el territorio.27 Veamos la denuncia contra Ñuño González del Águila: «por fuerça e contra razón que tomó muchas tierras de las comunes e conçegiles de aderredor de la dicha su tie- rra».28 Preguntado el testigo sobre la causa de esa apropiación, responde: «dixo que se los tomara porque era poderoso e que los labradores de la comarca con miedo que non osaron demandarlo».29 La incorporación para el aprovechamiento privado de espacios de uso comunitario forma parte de un conjunto de actuaciones tendientes a monopolizar la disposición del recurso productivo fundamental y fa- vorecer con ello la ampliación de la cabaña ganadera, así como el control de tri- butarios, a los que se les ofrecen suelos para labranza.
El siguiente documento de la última década del siglo XV ilustra la trama de ac- ciones que conducen a la acumulación de tierras de estos propietarios. Se trata de caballeros abulenses que junto a sus pares segovianos, unidos por vínculos de pa- rentesco y solidaridad estamental, imponen una serie de coacciones sobre los al- deanos, con el fin de forzarlos al traspaso de sus heredades. Veamos cómo des- criben los perjudicados las conductas de los poderosos: «los perturban e non dexan hazer las dichas particiones nin labrar los dichos términos de los dichos nin gozar dellos».30 La referencia alude a la tensión entre las prácticas de los campe- sinos que periódicamente reparten los suelos para el cultivo individual y la nece- sidad de grandes extensiones de pasturas para el alimento del ganado villano. Pro- sigue el testimonio aldeano:
«e los corren e matan los bueyes con que los labran, diciendo que non pueden la- brar los dichos términos syn ellos, non vibiendo los tales caballeros e escuderos en los dichos lugares».31
Agresiones de este tipo son habituales en una coyuntura como la de la deci- moquinta centuria en la cual se agudizan las contradicciones entre lógicas pro- ductivas diferenciadas.32 Sin embargo, el valor de este tipo de declaraciones resi- de en revelar la percepción de los pecheros acerca del alcance de las «molestias y perturbaciones» que padecen, como parte de la activa política patrimonial de los apropiadores:
«Lo qual diz que fazen por los poner en necesidad, porque los dichos labrado- res les vendan sus heredamientos que tienen en los tales lugares, por los juntar e adquirir asy, para los despoblar, conmo se an despoblado otros muchos lugares desa çibdad. ? que tanbien lo hazen porque les arrieden sus heredamientos que tienen los dichos caballeros e personas».33
Estas prácticas forman parte de una política general de consolidación de las oli- garquías, e inscribe la permanente presencia de los Dávila en pleitos de este tipo dentro de la dinámica de la clase de poder local, que incluye elementos de coo- peración y de competencia entre sus miembros. En este sentido, tanto los éxitos como los reveses judiciales son producto no sólo de la habilidad de la parentela para promover sus intereses, sino de la relación de fuerzas hacia el interior de la elite villana.34
Los Dávila no sólo acrecientan su patrimonio por medio de la obtención de tie- rras, sino que inciden activamente en el proceso de diferenciación social de las co- munidades campesinas, estableciendo mecanismos de endeudamiento con los he- rederos más pobres:
«Juan de Sant Marcos, vezino de la dicha çibdad de Ávila, nos fizo relación por su petiçion diciendo que el ovo reçebido prestados de Gil del Águila (...) diez mil maravedís e del Liçençiado Juan Dávila, vezino de la dicha çibdad, quinze mil ma- ravedís».35
De este modo, las deudas van socavando la posición de los minifundistas, cuya debilidad los convierte, en el mediano plazo, en potenciales vendedores de las par- celas. Las demandas ante esta incómoda situación llegan a los propios reyes: «diz que le de ve çierta parte e que por él ser hombre pobre e nesçesitado diz que non les puede dar nin pagar los maravedís que asy les debe a los plazos que está obli- gado».36 Ante lo cual le suplican al soberano que «le mandásemos dar un término de espera».37
A la trama de préstamos, compras, traspasos, apropiaciones, arrendamientos que redundan en la acumulación directamente económica de los Dávila debe su- marse el creciente peso en las instituciones concejiles. El control de las regidurías reforzará la posición hegemónica del linaje. La convergencia de poder patrimonial y poder político convierte a los Dávila, como caso representativo de un tipo socio- lógico más extendido, en un segmento de la elite en proceso de asimilación a la baja nobleza local, con capacidad de condicionar la dinámica de la vida concejil y subordinar al resto de los actores a sus propios intereses.
La presencia de las distintas generaciones de caballeros en los litigios enta- blados entre los concejos aldeanos y la Villa, en las recusaciones de jueces co- rregidores enviados por el monarca luego de la celebración de las Cortes de To- ledo, que buscan poner coto a las agresiones de los términos municipales, así como en las numerosas reclamaciones pecheras por los agravios que reciben de los poderosos, da cuenta de la preeminencia que paulatinamente han adquirido en el ámbito concejil de realengo. La trayectoria de los Dávila ilustra esta tendencia de alcance más amplio.
La consolidación del poder del linaje se manifiesta en múltiples episodios; tal vez, resultan más significativos aquellos en los cuales la intervención de uno de los más dinámicos de sus integrantes pone en entredicho la supremacía del poder pú- blico central. En este caso, no se trata de la apropiación de atribuciones fiscales o de la potestad judicial del soberano38, sino de una práctica que señala la discre- cionalidad con la que actúan sobre la Tierra y el perjuicio directo que sufren los tri- butarios, al verse privados de la «protección» monárquica.39 Pedro de Ávila reite- radas veces actúa para impedir el cumplimiento de sentencias y cartas ejecutorias dadas en su contra. Las formas que adquiere esta conducta perturbadora son va- riadas, desde las abiertamente violentas hasta modos de intimidación más sutiles. Sin embargo, en el documento que sigue se advierte la clara manipulación de la posición institucional del caballero apropiador para evitar la efectivización de una medida que afecta sus intereses privados:
«veyendo que aquella hera ganada en perjuizio del dicho Pedro de Ávila, cuyas son todas las heredades del dicho logar de Navalmoral, por lo quai e por ser conmo es regidor della e por el procomún della se avia opuesto contra la dicha nuestra carta».40
De igual modo se comportan otros de los miembros del linaje, Gil González y Diego González del Águila, que siendo dos de los doce regidores de la ciudad par- ticipan activamente de la toma de tierras. La preeminencia política de estos caba- lleros les permite desconocer la autoridad de los jueces regios. Afirma Diego Gon- zález que« es muy grave cosa letigar delante juez sospechoso», al que descalifica porque «nin creo que vos seades mi juez en ninguna cosa». Luego de lo cual re- vela su pretensión de imponer su privilegio de inmunidad:
«por yo ser uno de los doze regidores desta dicha çibdat que han de ver e ordenar lo que cunpla a su servicio de nuestro señor el rrey e onrra e pro desta dicha çib- dat».41
En síntesis, el poder económico se refuerza con una serie de atribuciones ju- rídico-políticas -algunas heredadas, otras de reciente adquisición- que posibili- ta a los Dávila gravitar en la estructuración política y material de la región.42 En oca- siones el poder político importa el control de los principales cargos municipales; en otras, la obtención-apropiación de jurisdicciones privadas. Sin embargo, la relación entre la posición económica del linaje y la constitución de enclaves señoriales no se da de manera armoniosa ni exenta de contradicciones. En muchos casos, se trata de la concesión de mercedes por parte del monarca, con quien han sabido vincularse de manera estratégica en un juego complejo de «mutuos beneficios», al que hemos caracterizado como «una rivalidad colaborante».43 Las mercedes que los soberanos otorgan en los siglos de la repoblación, como retribución a la función militar de los caballeros y dada la necesidad del poder central de afianzar un área de frontera44, serán relativamente limitadas en los siglos finales de la Edad Media, cuando afectan la preeminencia del realengo.45 De este modo, considera- mos necesario destacar las diferencias entre la política monárquica de los siglos XII y XIII y la que se elabora respecto de estos poderes locales en la centuria que es- tudiamos. Si bien desde finales del siglo XIV se observa una nueva oleada de con- cesiones regias que favorecen a antiguos señores menores y colaboradores di- rectos del monarca, la creciente tendencia de los integrantes del linaje a fortalecer su posición a costa del estado central, genera contradicciones entre el poder pú- blico, generoso muchas veces para con los caballeros de rango señorial, pero ca- paz de revisar su política de concesiones, de acuerdo a las circunstancias de cada momento.46
En el siglo XV se acentúa la apropiación jurisdiccional de hecho, en desafío abierto a los intereses de la Corona.47 Observemos en el discurso de los procura- dores de la Tierra como se expresa el conflicto entre la lógica señorializadora de los grandes propietarios locales y la potestad imperativa del soberano:
«Pedro de Ávila (...) tiene tomado un heredamiento que se llama Quemada, de fasta quinze o veynte vecinos. El qual diz que es de la jurediçion e tierra de la dicha çibdad e que está comarcano a sus villas de Las Navas e Valdemaqueda. ? a los dichos vecinos del dicho heredamiento, de muchos tienpos a esta parte, por fuerça les faze pechar para sy en su lugar, e que no les dexa pechar nin contribuyr en la dicha çibdad nin en sus pechos».48
Al mismo tiempo que la monarquía limita las aspiraciones señoriales de al- gunos de los miembros más poderosos de la elite local49, los caballeros como grupo son respaldados por el soberano ante la presión de los pecheros por in- cluirlos dentro de los padrones tributarios. En otras palabras, la Corona enfrenta el desafío a su supremacía pero sostiene una construcción que se apoya en el privilegio y la segregación de la elite villana que impone su dominación sobre la tierra.50 El monarca equipara la condición jurídica de los caballeros villanos en función de articular el vértice superior del reino y las estructuras administrativas municipales. De allí que necesite preservar la exención fiscal de estos propieta- rios, a fin de garantizar el papel que estos grupos tienen en la reproducción del régimen feudal, vinculando el producto campesino a los distintos aparatos de es- tado.
Una sentencia del monarca de 1497 indica este equilibrio complejo entre la oposición y la colaboración funcional que une a las oligarquías y al estado central. Se trata de una resolución que favorece a Fernán Gómez de Ávila en el pleito por ocupación de términos sostenido con el concejo aldeano de Arévalo, confirmando al caballero en su disfrute de los suelos concejiles. En igual sentido comprendemos la condena al juez corregidor Alvaro de Santisteban por haber fallado reiteradas ve- ces contra Pedro de Ávila.51
La familia de los Dávila resulta, por lo tanto, un caso representativo de la ac- tuación de los grupos dominantes villanos52, que en el área de realengo forman parte activa de la dinámica socioeconómica y política de los concejos.53 El estudio de las distintas estrategias que elaboran para consolidar su posición local permite acceder a conclusiones de corte sociológico, para proceder a futuras investiga- ciones comparativas de alcance regional.54
Gil González, Gómez Dávila, Esteban Domingo, Pedro de Ávila, Diego de Ávila son caballeros prominentes cuya actuación en la política de la ciudad re- sulta clave. Estos propietarios gozan de un poder económico y un prestigio social que les permite imponer condiciones tanto a los funcionarios regios enviados a la villa, como a los concejos aldeanos con los cuales sostienen constantes liti- gios:
«quando el dicho Pedro de Avila avía e estaba apoderado de la dicha çibdad e su tierra e tenía por sí e a su mano e mando la justicia della e todo a su gover- naçiôn».55
Por otra parte, a lo largo del siglo XV, el recurso a la violencia se presenta como una de las atribuciones distintivas «más temidas» por los campesinos que padecen sus incursiones rapaces. En el siguiente apartado indagaremos sobre los objetivos y cualidades de esta capacidad coactiva de las oligarquías.
LA VIOLENCIA: MEDIO O FIN
Si bien en la vasta documentación abulense la exposición de actuaciones vio- lentas es limitada, las menciones a conductas de este tipo por parte de los grandes propietarios locales inscriben estas prácticas dentro de una lógica de configuración del poder de las elites villanas.56 La violencia de los caballeros, ejercida directa- mente o a través de una vasta red de dependientes, responde a la dinámica de las oligarquías urbanas sobre la Tierra, en pugna por afianzar sus atribuciones seño- riales.57
El ejercicio abierto de las coacciones sobre bienes y personas revela no sólo la superioridad que han adquirido estos grupos sobre el espacio y sus pobladores, sino también expresa la disputa por fortalecer las posiciones de preeminencia y desplazar del juego social y político a los competidores. En este sentido, el bene- ficio que la minoría de caballeros encuentra en el empleo de la violencia radica tan- to en los efectos que la misma causa -obtención de despoblados, apropiación de términos, toma de prendas, etc.- como en la manifestación misma de poder que acciones de este tipo importan.
Desde la percepción de los dependientes, los caballeros aparecen como «om- nes poderosos» que «contra razón y derecho» no se los «osa contradecir». La fuerza que despliegan sobre los términos rurales genera temor58, a la vez que con- tribuye a forjar actitudes de subordinación y dependencia.59 Así se describe la con- ducta de Gil González de Ávila: «tiene entrados e tomados por fuerça e contra vo- luntad del dicho conçejo, por ser caballero e persona poderosa diz que, fasta aquí, non ge lo han osado pedir».60 El recurso de la violencia posibilita a estos gru- pos reforzar su poder y ampliar sus patrimonios.61
Sin embargo, a la vez que las conductas violentas permiten consolidar posi- ciones, también exhiben otra dimensión del proceso de ascenso de estos caballe- ros dentro de la elite. La apelación al empleo de la fuerza les sirve, en este caso a los Dávila, para validarse como parte de la clase de poder; de allí que la violencia se revele en una teatralidad legitimadora.62
La injerencia de los caballeros urbanos sobre el entorno rural adquiere hacia fi- nales del siglo XV una intensa discrecionalidad. Así advertimos la conducta de Gil González y sus descendientes, en un pleito sostenido ante los jueces regios con los hombres del lugar de Bóveda, en tierra abulense. Los caballeros son denun- ciados en los siguientes términos:
«Gil González de Ávila e Gil González, su fijo, e Gaspar de Cospedas, sus cria- dos (...) le avian fecho e fazian muchas injurias e fuerças y males al dicho conçejo e personas particulares dél».63
El desafío a la potestad judicial del monarca se expresa en la violencia que re- cae sobre los aldeanos, quienes procuran hacer efectiva la decisión de los jueces respecto de los términos usurpados: «en menosprecio de la dicha sentencia e car- ta de seguro diz que el dicho su fijo dio las cuchilladas».64 No obstante, la actuación de los acusados no se limita a impedir el cumplimiento de la resolución con que se pretendía poner fin a un largo litigio, sino que avanza sobre la vida de las aldeas, irrumpiendo desafiante en la reunión del concejo:
«estando todos los vezynos del dicho lugar entendiendo en çiertas cosas que conplian al dicho conçejo juntos, segund que lo han de uso e de costumbre, diz que vino el dicho Gil Gonçâlez a estorvarles que non entendieran en lo que entendí- an».65
La interrupción de la sesión presenta todos los elementos que hacen a la construcción de un imaginario del privilegio y la superioridad y evidencia prácticas concretas de sometimiento de los pueblos al poder de la minoría villana. El caba- llero enfurecido «los llamó borrachos y bellacos»66: la palabra descalificadora pre- cedió, de acuerdo al testimonio de los campesinos, a la demostración de fuerza a través de la agresión física:
«con poco temor de Dios y en menospreçio de nuestra justiçia e de la bara del di- cho alcalde que traya, con el palo que tenía en las manos el dicho Gil Gonçâlez dio de palos al dicho alcalde en la cabeça».67
La escena descrita con fuerte impresionismo por el testigo aldeano, revela las formas que adquiere el poder de este linaje sobre los pueblos de la Tierra, así como la percepción que los campesinos tienen sobre el comportamiento de los ca- balleros.68 En este sentido, la presencia de los propietarios urbanos detentando los cargos concejiles más relevantes demuestra la compleja trabazón de estrategias que la casa elabora para afianzar su dominación en la ciudad y su entorno.
El control del regimiento por los linajes más poderosos pone de relieve «la in- tegración entre élite gobernante y clase dominante en el ámbito local, en un medio en el que no hay escisión entre lo social y lo político».69 La confusión entre la ac- tuación pública como funcionarios del concejo y los intereses particulares como propietarios se pone de manifiesto en las apropiaciones de los términos aldeanos. Si bien las usurpaciones se realizan inicialmente en nombre de la villa, responden a los objetivos de acumulación privada. En el pleito que sostiene el pueblo de El Vadillo con su concejo cabecera se observa esta borrosa delimitación entre las es- feras de acción de los caballeros. Alfonso González aparece acusado de invadir los suelos de la Tierra. No obstante la ocupación de los términos favorece el enrique- cimiento particular del caballero y sus parientes, inicialmente estas prácticas se ins- criben dentro de su labor como regidor. Las medidas que promueve el concejo de Ávila se muestran cada vez más condicionadas por las necesidades de reproduc- ción de la elite local. Un testigo campesino señala:
«viera muchas vezes que Alfonso Gonçâlez, fiio de Estevan Domingo, prendó los bueyes et otros ganados por parte de la dicha çibdat de Avila dentro en el dicho ter- mino que agora está tomado a los vezinos de la dicha çibdat».70
Como hemos señalado ya, los caballeros abulenses han sabido encontrar ubicaciones ventajosas dentro de la administración regia, desde los tiempos mis- mos de la instalación en el área. Sin embargo, en el contexto del conflictivo siglo XV del reino castellano, la posibilidad de mantener vínculos privilegiados con la Co- rona supone una capacidad estratégica para sostener sus posiciones preeminen- tes y ratificar los privilegios obtenidos desde el siglo XIII.71 Los oficios regios re- sultan no sólo una fuente de influencia política sino también de considerables ingresos económicos. Oidores, tesoreros y secretarios del rey, Pero González y Fernand Núñez, respectivamente, son ejemplos significativos de las ventajas que otorgaba la ocupación de funciones en la administración monárquica.72
La integración dentro de los distintos niveles de la organización estatal dista aún de la lógica propia de la racionalidad burocrática moderna, caracterizada por el imperio abstracto de la norma y la función. En este sentido, los cargos públicos for- man parte de una dinámica de patrimonialización del poder que permite reforzar las atribuciones del grupo sobre la ciudad y su entorno.73
«Poder y favor» son mencionados como dos elementos claves de la creciente capacidad de dominio que han adquirido los Dávila sobre los pueblos. Por un lado, la acumulación de recursos económicos, la ampliación de la fortuna privada del gru- po; por otro, las concesiones que en el contexto repoblador otorgaran los soberanos:
«por los desórdenes destos nuestros reynos e por el poder e (favor) e mando que en la dicha çibdad de Ávila el dicho Pedro Dávila e los de sus casa avían te- nido en la dicha çibdad e en el regimiento della, syenpre de fecho avían tomado e ocupado, tomavan e ocupavan de la dicha çibdad de Ávila e de sus términos mu- chas partes».74
La preeminencia del linaje se expresa material y simbólicamente en la cons- trucción de casas fuertes, muchas de las cuales desconocen las disposiciones re- gias. Este espacio segregado, que irrumpe en el entorno rural de la villa como sede del poder y representación física de la amenaza de quienes lo ejercen, dará lugar a numerosos pleitos. Los concejos de la Tierra intentan vincular sus intereses a los de la Corona, desafiada por el creciente peso señorial de algunos de estos privilegiados propietarios. Este es el caso nuevamente de Pedro de Ávila, quien desde su fortaleza promueve acciones que importan la apropiación de la jurisdic- ción del monarca. La toma de prendas, la imposición de penas, pero fundamen- talmente la prisión de los dependientes en las cárceles privadas del caballero, evi- dencian el grado avanzado de un proceso de oligarquización que ha adquirido atributos señoriales por fuera de los límites aceptables para el poder central. Así se observa en el emplazamiento de los jueces: «vos labrávades e fortaleçiades una fortaleza que de poco acá avíades fecho junto de la Çibdad de Avila que se llama el Risco».75 Este tipo de edificaciones se asocia a las conductas violentas de sus dueños:
«de la dicha fortaleza se podían recresçer algunos daños e inconvenientes a la di- cha Çibdad e su Tierra (...) e aun que della se avyan fecho algunas prisiones e carçeles privadas e fuerças e agravios e otras cosas no devidas».76
La reacción de la monarquía en este caso puntual se orienta a evitar la am- pliación señorial del caballero: «mandamos al liçençiado Alvaro de Santistevan, co- rregidor de la çibdad de Ávila, que luego fuese a la dicha fortaleza del Risco e fi- ziese çesar la obra que en ella se fazya» ,77
Arribados a este punto debemos precisar algunas cuestiones. En primer lugar, los Dávila, como miembros encumbrados de la oligarquía local, forman parte de una dinámica de construcción política en la cual los poderes menores establecen relaciones de rivalidad y cooperación con las instancias superiores de la domina- ción feudal, tanto señoriales como monárquicas. En este sentido, la violencia de estos caballeros, que detentan el control del concejo señorializado, se comprende dentro de las estrategias que elabora el grupo para promoverse como clase diri- gente.78 De allí que las coacciones que realizan sobre los productores directos se diferencian sustantivamente de las que pudiera ejercer la nobleza territorial. En este último caso, la clase señorial ejecuta las coacciones sobre los dependientes como parte de sus atribuciones jurídico políticas; es decir, la fuerza es una práctica más que se deriva del estatus nobiliario. Por el contrario, la violencia de las elites urbanas en la coyuntura del siglo XV se inscribe en las condiciones de consolida- ción de un poder que aún no se ha establecido con carácter definitivo.79 En otras palabras, esta minoría de caballeros ricos y poderosos, si bien ha alcanzado ya una posición de preeminencia en el concejo y un grado importante de institucio- nalización de su poder, aún debe «negociar» su posición de supremacía, pues no en todos los casos ha obtenido el privilegio regio, como ilustra ampliamente la ex- periencia de los Dávila.
REFLEXIONES FINALES
El estudio de las diferentes intervenciones del linaje de los Dávila a lo largo del siglo XV permite establecer algunas conclusiones provisorias que merecen ser co- tejadas a la luz de nuevas elaboraciones comparativas. En este sentido, las cuali- dades de estos caballeros deben ser comprendidas dentro de la dinámica propia del concejo de Ávila, a la vez que en referencia a las características sociológicas de las oligarquías urbanas en su conjunto.
Los caballeros abulenses no intervienen de manera individual, aunque en mu- chas ocasiones se manifiestan las conductas en esos términos, sino como parte de una cuidadosa selección de recursos y de medios que configuran la política de la casa. El delicado equilibrio que el linaje establece entre la competencia, la coope- ración, la solidaridad y la rivalidad, tanto con los demás poderes feudales como ha- cia el interior de la elite, revela la existencia de una verdadera disposición estraté- gica.
La acumulación de tierras por medio de diversos mecanismos, la manipulación de los instrumentos judiciales, así como el control de los órganos de gobierno mu- nicipal se entrelazan para alcanzar primero y consolidar luego, la supremacía tanto política, como socieoconómica del linaje.80 La promoción como clase domi- nante, en el contexto de señorialización previo de los concejos, no se manifiesta como un proceso lineal, sino que experimenta avances, retrocesos y contestacio- nes. Es decir, que si bien los Dávila desde el temprano siglo XIII obtuvieron favores regios, la propia dinámica del fenómeno señorial del área de realengo y las ca- racterísticas distintivas de estas oligarquías de origen villano, dotan de especifici- dad a la conformación de los núcleos señoriales, que reciben un nuevo estímulo bajo los Trastámara. Los señoríos de los que gozan las sucesivas generaciones de los Dávila no constituyen, sin embargo, poderes jurisdiccionales permanentemen- te afianzados, no obstante los privilegios obtenidos durante los diferentes reinados. Cada miembro del linaje debe validar los privilegios y elaborar cuidadosas estra- tegias para acceder a otros y ampliar los ya existentes. El éxito del grupo en la ra- tificación de sus aspiraciones señoriales depende de un conjunto de variables coyunturales y fundamentalmente de la correlación de fuerzas entre las ciudades, la Corona y la nobleza territorial. La permanente legitimación del lugar que ocupan estos caballeros dentro de la organización feudal castellana permite explicar la ne- cesidad que han demostrado de hacer una exhibición «espectacular» de la vio- lencia sobre la Tierra.
En este sentido, el interesante aporte de Diago Hernando sobre la oligarquía soriana sirve de estímulo para emprender futuras indagaciones para nuestra área, respecto de la relación entre poder político y económico: «la posición de preemi- nencia socioeconómica que [...] alcanzaron en relación al resto de la población fue resultado en gran medida de su posición política, en un contexto que todavía po- dríamos calificar como propio de una monarquía feudal».81 En el caso de Ávila, y a partir del estudio de una de las parentelas más preeminentes, resulta más com- plejo el vínculo entre ambos sostenes de la primacía local del grupo.
Las distintas acciones que hemos revisado a lo largo de este trabajo se orien- tan a la obtención de posiciones ventajosas, tanto en el plano material y económi- co patrimonial como en el político institucional. De este modo, la participación de las elites urbanas en el área concejil debe situarse dentro de la dinámica de la construcción- distribución del poder en el nivel local del reino.82 No se trata, por lo tanto, de pensar a los Dávila desde la perspectiva excluyente de la conformación de la gran propiedad, cuya expresión más avanzada es el mayorazgo; ni tampoco circunscribir su actuación a la constitución de pequeños enclaves señoriales, sino imbricar sus múltiples prácticas dentro de una historia social del poder en la ciudad de Ávila.
* Fecha de recepción del artículo: 2009-09-8. Fecha de aceptación del artículo: 2009-11 -16.
1 Acerca de la caracterización sociológica de este grupo social han surgido diversas interpretaciones, desde la temprana visión de Rafael Gibert para quien el privilegio de exención tributaria así como el con- trol del aparato político local asimila a los caballeros al patriciado urbano, Gibert, R.: «Estudio histórico jurídico» en Sáez, E.: Los Fueros de Sepúlveda, Segovia, 1953. En la línea que considera a los caba- lleros urbanos parte de la clase feudal, Mínguez Fernández, J. M.: «Feudalismo y concejos. Aproximación metodológica al análisis de las relaciones sociales en los concejos medievales castellano-leoneses», En la España Medieval, 3, 1982, pp. 109-122; Moreno Núñez, J. I.: «Los Dávila, linaje de caballeros abu- lenses: Contribución al estudio de la nobleza castellana en la Baja Edad Media», En la España Medieval, n.° 3, 1982, pp. 157-172; Santamaría Lancho, M.: «Del concejo y su término a la comunidad de ciudad y tierra: surgimiento y transformación del señorío urbano de Segovia (siglos XIII-XIV)», Studia Histórica (medieval), n.° 3, 1985, pp. 83-116; Barrios García, ?.: Estructuras agrarias y de poder en Castilla. El ejemplo de Ávila (1085-1320), Salamanca, 1983; Monsalvo Antón, J. M.: El sistema político concejil. El ejemplo del señorío medieval de Alba de Tormes y su concejo de villa y tierra, Salamanca, 1988; Bona- chía Hernando, J. ?.: «El concejo como señorío (Castilla siglos XIII-XV)», Concejos y ciudades en la Edad Media hispánica, Móstoles, 1990, pp. 429-464. Por su parte Reyna Pastor propone una caracteri- zación en clave material de estos grandes propietarios de tierras y ganado y los asimila a una suerte de «aristocracia campesina», en tanto se trataría de una variante conservadora del campesino rico inglés, Pastor, R.: «En los comienzos de una economía deformada: Castilla», Desarrollo Económico, vol. 9, n.° 36, 1970. Por último, Carlos Astarita inscribe a los caballeros dentro de la lógica productiva del régimen mercantil simple, pero precisando que esta clase de campesinos independientes tiene «una funcionalidad en la reproducción feudal a partir del poder que, como colectivo, ejercieron sobre las aldeas», Astarita, C.: Del Feudalismo al capitalismo, Univ. de Valencia- Univ. de Granada, 2005, p. 33.
2 Sobre la funcionalidad política del linaje como institución de gobierno, desde una perspectiva comparativa, Diago Hernando, M.: «El papel de los linajes en las estructuras de gobierno urbano en Cas- tilla y en el Imperio Alemán durante los siglos bajomedievales», En la España medieval, n.° 20, 1997, pp. 143-177. La transición desde la organización privada de los grandes propietarios hacia su institucionali- zación como subestructura política con importante actuación en los concejos es reconocida por Monsalvo Antón: «la metamorfosis de una 'institución social y privada' de la clase dominante urbana, esto es, las estructuras de linaje, en una 'institución política', idónea así para el reciclaje permanente de los cuadros dirigentes. Por ello propició, desde el siglo XIV, la institucionalización de las estructuras de linaje en re- lación con el régimen municipal», Monsalvo Antón, J. M.: «Parentesco y sistema concejil. Observaciones sobre la funcionalidad política de los linajes urbanos en Castilla y León (Siglos XIII-XV), Hispania, LIII/3, n.° 185, 1993, pp. 937-969, esp. 943.
3 «Su fortuna, base fundamental para establecer su poder, procede, pues, de diversos frentes, pero hay uno marcadamente importante, más desde el punto de vista del prestigio social que desde la rentabilidad económica; se trata de la tierra. En el mundo feudal que nos ocupa, la tierra constituye un elemento imprescindible para asentar cualquier relación de poder», del Val Valdivieso, M. I.: «Ascenso social y lucha por el poder en las ciudades castellanas del siglo XV», En la España Medieval, n.° 17, 1994, pp. 157-184, esp. 158.
4 En el proceso de aristocratización de los concejos de realengo, la caballería villana se promociona como grupo dirigente al diferenciarse del común campesino «por su posición económica como medianos o grandes propietarios -tanto de tierras como de ganados- y por su progresivo control del poder polí- tico concejil», Martín Cea, J. C.; Bonachía Hernando, J. ?.: «Oligarquías y poderes concejiles en la Cas- tilla Bajomedieval: Balance y perspectivas», Revista d'Histdria Medieval, Valencia, n.° 9, 1998, pp. 17-40, esp. 21.
5 En este sentido, Olmos Herguedas considera que en el siglo XV los intereses del grupo social do- minante de los concejos castellanos deja de orientarse exclusivamente hacia las actividades «agrosil- vopastoriles» para adaptarse a los objetivos de nuevos grupos ascendentes, que desde su arraigo en la actividad comercial, intentan dirigir la política concejil, Olmos Herguedas, E.: «El poder urbano y sus es- trategias para influir sobre el territorio: aproximación metodológica desde las ordenanzas concejiles castellanas», en Arizaga Bolumburu, B.; Solórzano Telechea, J. ?.: (Coords), La ciudad medieval y su influencia territorial, 2007, pp. 493-519.
6 A modo de ejemplo citamos la declaración de un testigo en el pleito que se sigue a uno de los ca- balleros por la apropiación de términos a comienzos del siglo XV: «los entro et tomo Alfonso Gonçâlez, fiio de Estevan Domingo, et los guardava e prendava por ello (...) creya que los entrase et tomara por quanto era omne poderoso et non avia en la comarca quien ge lo defendiera», LUIS LÓPEZ, C.; DEL SER QUIJANO, G.: Documentación medieval del Asocio de la Extinguida Universidad y Tierra de Ávila, II Tomos, Ávila, 1990-92, Doc 76 (1414), p. 332. (Asocio) (destacado nuestro).
7 Barrios García señala que ya desde la segunda mitad del siglo XIII en Avila se habían desarrolla- do algunos de los atributos propios de la conformación de linajes como grupos extensos de parientes, Ba- rrios García, ?.: op. cit., 1983.
8 La evolución de las estructuras de linaje en la Baja Edad Media, desde los bandos linajes hasta los bandos parcialidades se aprecia en el caso conquense, «que absorbía a todas las estructuras urbanas (...) [y] desdibujaba el sentido familiar de origen», Ortega Cervigón, J. I.: «Lazos clientelares y bandos nobiliarios conquenses durante el siglo XV», Espacio, Tiempo y Forma, Serie Iii, Historia medieval, T. 19, 2007, pp. 211-231, esp. 213.
9 Valdeón Baruque, J.: «Las oligarquías urbanas», Concejos y ciudades en la Edad Media Hispáni- ca: II Congreso de Estudios Medievales, 1990, pp. 507-536, esp. 515.
10 «El estudio de casos o aspectos concretos -personajes relevantes a nivel local, determinados li- najes-pese a su singularidad, suele ser, a veces, el camino metodológico más acertado, por ilustrativo y sugerente, para comprender este complejo proceso histórico», Moreno Núñez, J. I.: «El caballero abu- lense Fernán Blázquezy el nacimiento de un señorío toledano a principios del siglo XIV: San Román del Monte», En la España Medieval, n.° 23, 2000, pp. 117-135, esp. 117.
11 Este estudio se ha concentrado en dos cuerpos documentales: el citado Asocio de Ávila y la Do- cumentación Medieval Abulense en el Registro General del Sello, Ed. Gran Duque de Alba, Ávila, 1996, (Varios tomos) (RGS), aunque tendremos ocasión de incluir algunas otras fuentes.
12 Véase el cuadro de los principales miembros del linaje de actuación destacada durante el siglo XV, al final de este trabajo.
13 Barrios García, ?.: op. cit., 1983, p. 141.
14 Los miembros del linaje de los Dávila son los principales implicados en las usurpaciones de tierras a lo largo del conflictivo siglo XV, Monsalvo Antón, J. M.: «Usurpaciones de comunales: conflicto social y disputa legal en Ávila y su Tierra durante la Baja Edad Media», Historia Agraria, n° 24, agosto 2001, pp. 89-122. Véase también Moreno Núñez, J. I.: op. cit., 1982
15 Diago Hernando señala la existencia en Ávila de dos grandes linajes, el de San Juan y el de San Vicente, dentro del cual se encontraría la parentela de los Dávila, Diago Hernando, M.: op. cit., 1997, p. 170. Sin embargo, Monsalvo Antón pone en duda la perduración de estos agrupamientos originarios. «En Ávila, en 1396, se distinguía los del linaje de San Vicente y del obispo y los del linaje de San Juan (...). Pero no es seguro se haya consolidado este alineamiento», Monsalvo Antón, J. M.: op. cit., 1993, p. 946, nota 15. Remite como referencia a del Ser Quijano, G.: Documentación Medieval del Archivo Municipal de San Bartolomé de Pinares, Ávila, 1987, doc 24.
16 Moreno Núñez, J. I.: op. cit., 1982, p. 157.
17 El origen de los serranos queda reflejado en la Crónica de la Población de Ávila: «todos los que fueron llamados serranos trabajáronse en pleito de armas e en defender a todos los otros», Hernández Segura, ?.: Crónica de la Población de Ávila, Valencia, 1969, p. 18. En la versión inédita de la crónica de 1517 se lee: «tuvo especial cuidado de inquirir y buscar el fundamento de la dicha Ciudad, donde había habido origen, como se habían ganado las armas reales que tienen en sus privilegios (...) de muchas co- sas notables que los caballeros antiguos de esta dicha Ciubdad ficieron en servicio de los Reyes de Cas- tilla, en que se notan grandes ejemplos de caballería y lealtad e fideliedad, de las cuales cosas debieran quedar los ejemplos de caballería y lealtad é fidelidad que dicen Caballeros de Avila y Avila del Rey», Bo- letín de la Real Academia de la Historia, T. 63, Cuadernos l-ll, 1913, «Crónica Inédita de Ávila», Manuel de Foronda y Aguilera.
18 Junto al poderoso linaje de los Dávila reconocemos la presencia de familias menores, ligadas por lazos de subordinación, alianza y cooperación, como los Águila, Guiera, Henao, Rengifo, Bracamonte, del Peso.
19 Las quejas contra Pedro de Ávila revelan la continuidad de las prácticas de acumulación patri- monial por las distintas generaciones: «que vos e Gil González de Ávila, vuestro padre, diz que ynjusta e no devydamente tomastes e ocupastes el dicho lugar», RGS, Vol. VI, Doc 77 (1491), p. 171, y Vol. XIII, Doc 52 (1497), p. 100, entre otros.
20 IDEM, Vol. VI, Doc 86 (1491), p. 191.
21 Acerca de la integración de los grupos financieros dentro de las elites dominantes locales, véase el trabajo de Jara Fuente, J. ?.: «Elites y grupos financieros en las ciudades medievales de la baja edad media», En la España medieval, n.° 27, 2004, pp. 105-130.
22 «los caballeros son un grupo privilegiado muy reducido, de origen militar, que disfruta de señoríos, controla las instituciones municipales y posee numerosas cabezas de ganado y grandes extensiones de tierra de cultivo (...) Su control del concejo debió de jugar en tal sentido un papel fundamental», Barrios García, ?.: op. cit., 1983, pp. 140-141. (destacado en el original) Esta amplia definición de Barrios Gar- cía se adecúa en particular a los Dávila, aunque consideramos que no puede generalizarse como ca- racterización sociológica del grupo villano, cuyos fundamentos materiales son más complejos y remiten a la lógica de reproducción de un régimen mercantil simple en un contexto aún feudal.
23 Una síntesis de las compras de los miembros más destacados del linaje, en Moreno Núñez, J. I.: Ávila y su tierra en la Baja Edad Media (Siglos XIII-XV), Junta de Castilla y León, 1992, pp. 119-122.
24 La presión de los caballeros fuerza a los pobladores a abandonar los lugares, garantizándose de este modo la condición de únicos herederos en los términos: «antiguamente un lugar que se dize Blas- co Ñuño de la Vega (...) que fe muy poblado, e después acá, que los que oy son vivos se acuerdan, non ha ávido e si no çinco o seys o syete vecinos, a cabsa que el dicho lugar ha estado tomado e ocupado a la dicha villa por çierto caballeros», RGS, Vol. XIII, Doc. 6 (1497), p. 22.
25 «la ampliación significativa de esas propiedades de los caballeros, o su transformación en señorío, sólo podía lograrse por privilegios especiales o por violación de las reglas», Astarita, C.: op. cit., 2005, p. 52.
26 RGS, Vol. X, Doc 40 (1494), p. 70.
27 La ocupación de comunales por parte de los caballeros abulenses se intensifica desde el siglo XIV, véase Molinero Fernández, J.: Estudio histórico del Asocio de la Extinguida Universidad y Tierra de Ávi- la (Bosquejo histórico del mismo reglamento porque ha de regirse su Junta administrativa), Ávila, 1919, esp. Doc XVII, también Moreno Núñez, J. I.: op. cit., 1992, pp. 132 y ss.
28 Asocio, Doc 74 (1414), p. 258.
29 IDEM, p. 259.
30 RGS, Vol. VIII, Doc 22 (1493), p. 87.
31 IBIDEM.
32 Sobre las prácticas agrarias y la organización productiva de los espacios colectivos de los con- cejos, Luchía, C.: «Propiedad comunal y dedicaciones productivas en el área concejil castellana bajo- medieval», Studia Histórica (medieval), vol. 23, Univ. de Salamanca, 2005, pp. 275-295.
33 RGS, Vol. VIII, Doc 22 (1493), p. 87.
34 La competencia que atraviesa a la oligarquía villana se exhibe en la misma dinámica de la con- centración patrimonial. Alfonso González, hijo de Esteban Domingo y destacado usurpador de tierras, en uno de los tantos pleitos que se siguen en su contra, afirma: «que sy los otros cavalleros de la çibdat de- xasen lo que tenían tomado a la dicha çibdat et a su tierra, quél estava presto para lo dexar luego», Aso- cio, Doc 71 (1414), p. 197.
35 RGS, Vol. XVI, Doc 49 (1500), p. 105.
36 IBIDEM.
37 IBIDEM.
38 Véase entre otros, IDEM, Vol. VI, Doc 3 (1490), p. 14.
39 Este tipo de prácticas parece ser común a las estrategias oligárquicas de distintas regiones; así lo comprueba Ortega Cervigón para el caso de Cuenca: «Su objetivo principal era apoderarse de los cargos municipales, que permitían designar ocupaciones inferiores, reservadas a clientes y parientes; también posibilitaban abusos en los términos de la ciudad, relacionados con los pastos comunales, e invalidaban las sentencias reales», Ortega Cervigón, J. I.: op. cit., 2007, p. 213.
40 RGS, Vol VI, Doc 85 (1491), p. 187.
41 Asocio, Doc 74 (1414), p. 234.
42 En este sentido, la patrimonialización de los principales oficios municipales acompaña el proceso de monopolización por parte de las oligarquías locales de cargos claves como el de Regidor, Álvarez Al- varez, C., «Oficiales y funcionarios concejiles de la Corona de Castilla durante la Baja Edad Media. (Un largo proceso de intervención regia y oligarquización)», Las sociedades urbanas en la España medieval (XXIX Semana Estudios Medievales Estella, 2002), Pamplona, 2003, pp. 489-540, esp. 517.
43 La relación entre las oligarquías concejiles y el poder monárquico la hemos estudiado en Luchía, C: «Poderes locales, monarquía y propiedad comunal en los concejos de realengo castellanos, bajo- medievales», Anales de la Universidad de Alicante. Historia Medieval, n.° 15, 2006-2008, pp 215-237.
44 «yo Infante don Sancho (...) Por fazer bien e mercet a Velasco Velazquez de Avila mió juez e por muchos servicios que me fizo e me faze (...) doi e otorgo el logar que dizen Sant Adrian (...) con todos sus derechos, que lo aya libre e quito por iuro de heredat para sienpre iamas el e los que lo suyo ovieren de heredar (...) para fazer dello e en ello general e libremiente todas las cosas que quisiere como de lo suyo mismo (...) ? aquellos que y moran agora o poblaren daqui adelante que sean sus vasallos quita- mente e que den e fagan todos los derechos e todas las cosas que vasallos solariegos deven dar e fazer a señor», 1283, julio, 8, Toro. Archivo Instituto Valencia de Don Juan. Fondo Velada, ?. 8/1, citado en Moreno Núñez, J. I.: op. cit., 1982, «Apéndice documental», p. 171.
45 «mandastes que non pagasen dende en adelante tributo nin çenso alguno al dicho Pedro de Ávi- la nin a sus susçesores», RGS, Vol. VI, Doc 3 (1490), p. 14.
46 Sobre la cuestión véase Moreno Núñez, J. I.: op. cit., 1992, p. 108.
47 La apropiación de las atribuciones jurisdiccionales se expresa claramente en la cuestión fiscal, como en el caso reiterado del cobro de determinados tributos por parte de los caballeros, en claro per- juicio de las arcas regias: «Pedro de Ávila e Fernand Gómez de Ávila e Sancho Sánchez de Ávila, nues- tros vasallos (...) han fecho tomar las rentas de las alcabalas e terçias para sy e a su cargo (...) mas por tener la mano sobre nuestros vasallos ? por los poder fatigar, y que algunos han perdido sus hazyendas encargándoles sus mayordomias y la fatonia de las rentas que asy toman», RGS, Vol. VIII, Doc 53 (1493), p. 53. (destacado nuestro)
48 IDEM, Vol. VIII, Doc 65 (1493), p. 196.
49 Con sentido similar a las resoluciones respecto de Pedro de Ávila, los Reyes Católicos sentencian a propósito de la Casa Fuerte que levantara otro caballero local: «sy fallardes que es fortaleza o lleva co- mienço de fortaleza o casa fuerte, o que sobre lo que está en ella labrado se podría fazer fortaleza e que la faze syn nuestra liçençia, fagáys suspender (...) la dicha obra», IDEM, Vol. XIV, Doc 54 (1498), p. 117. (Destacado nuestro)
50 En el estudio sobre el caballero Fernán Blázquez, Alcalde de la fortaleza de Ávila durante el siglo XIV, Moreno Núñez advierte: «aunque los monarcas siempre se reservaron el derecho de nombrar al- caldes dentro del círculo de personas de su confianza, accedieron en algún momento a nombrarlos en- tre los caballeros y hombres buenos de villas y ciudades, que insistentemente pretendieron que así fue- ra», Moreno Núñez, J. I.: op. cit., 2000, p. 120.
51 Asocio, Doc 193 (1493), pp. 826-827.
52 «Aunque no con tanta fortuna como los Dávila, otros personajes se verán favorecidos por el rey en esta comarca», Moreno Núñez, J. I.: op. cit., 1982, nota 22, p. 161.
53 A propósito del papel del linaje en la dinámica política de los concejos, señala Narbona Vizcaíno: «el poder municipal se muestra incontestablemente vinculado al poder de un grupo de familias autorre- producidas», NARBONA VIZCAÍNO, R.: «Vida pública y conflictividad urbana en los reinos hispánicos (si- glos XIV-XV), Las sociedades urbanas en la España medieval (XXIX Semana Estudios Medievales Estella, 2002), Pamplona, 2003, pp. 541-589, esp. 555.
54 En base al estudio de ordenanzas locales de distintos concejos del área castellana, Olmos Her- guedas reconstruye las diversas intervenciones de los poderes urbanos sobre el entorno rural depen- diente, Olmos Herguedas, E.: op. cit.
55 Asocio, Doc 193 (1493), p. 825.
56 Respecto de la violencia de bandos que configuraba a las oligarquías de las ciudades bajome- dievales, véase el trabajo de Solórzano Telechea, J. ?.: «Violencia y conflictividad política en el siglo XV: el delito al sen/icio de la elite en las Cuatro Villas de la Costa de la Mar», Anuario de Estudios Medieva- les, n.° 35, 2005, pp. 159-184.
57 Los vasallos de Pedro de Ávila ejecutan las usurpaciones aplicando la coacción sobre los cam- pesinos de la Tierra: «çiertos onbres e vezinos e moradores de Las Navas e Valdemaqueda e otros cria- dos de Pedro de Ávila con ellos arrebotados vinieron al alixar del Helipar, que es en termino e jurediçion desa dicha çibdad de Avila, armados con diversas armas e con destrales despedaçaron e cortaron toda la madera que en el dicho termino del Elipar tenían los vezinos de Sant Bartolomé e de Zebreros e de los otros conçejos del seysmo de Santiago», RGS, Vol. VI, Doc 91 (1491), pp. 202-203.
58 «temen e reçelan quel dicho Pedro de Ávila e sus mayordomos e fatores les molestaran en la po- sesión de los dichos sus términos, e los pidieran sus tributos e çensos», IDEM, Vol. VI, Doc 3 (1490), p. 14.
59 «además de poder e impunidad, los caballeros contaban por doquier con dispositivos humanos a su sen/icio (...) un mundo de clientelas que constituían la voz de sus empleadores (...) que los caballeros abulenses los traían desde sus señoríos (...) para ejercitar la coerción», Monsalvo Antón, J. M.: «Per- cepciones de los pecheros medievales sobre usurpaciones de términos rurales y aprovechamientos co- munitarios en los concejos salmantinos y abulenses», Edad Media, 7, 2005-2006, pp. 37-74, esp. p. 69.
60 RGS, Vol VIII, Doc 46 (1493), p. 152.
61 «Françisco de Ávila, vezino e regidor de esa dicha çibdad, tiene en el dicho lugar dos dehesas y que porque el dicho conçejo de Riofrio non le de por ellas lo que el quiere, diz que ha hecho e faze de cada dia muchos males e daños e que a cada e que acaesçe de llevar pena por solo quinze carneros de- golla los cinco e aprovecharse de ellos», Casado Quintanilla, B.: Documentación Real del Archivo Abulense (1475-1499), Valladolid, 1994, Doc 107 (1495), p. 270.
62 Al respecto señala Monsalvo Antón: «Es una muestra de la arrogancia de los caballeros y sus montaraces hijos, de su soberbia aristocrática, y ello en un contexto histórico en el que chocaban a ve- ces -como ocurría paradigmáticamente en los procesos por usurpaciones- los intereses y abusos de los poderosos con la acción de la justicia pública. Era significativo de una actitud mental clasista y has- ta de una cosmovisión elitista y prepotente», Monsalvo Antón, J. M.: «Paisaje agrario, régimen de aprovechamientos y cambio de propiedad en una aldea de la tierra de Ávila durante el siglo XV. La crea- ción del término redondo de Zapardiel de Serrezuela», Cuadernos abulenses, n.° 17, 1992, pp. 11-110, esp. 101-102.
63 RGS, Vol. XVI, Doc 46, (1500), p. 85.
64 ÍDEM, p. 86.
65 IBIDEM.
66 IBIDEM.
67 IBIDEM.
68 Monsalvo Antón, J. M.: op. cit., 2005-2006.
69 IDEM, «El reclutamiento del personal político concejil. La designación de corregidores, alcaldes y alguaciles en un concejo del siglo XV», Studia Histórica (medieval), Vol. V, 1987, pp. 173-189, esp. 188.
70 Asocio, Doc 76 (1414), p. 327.
71 Véase el citado trabajo de Moreno Núñez, J. I.: op. cit, 1982.
72 Fernánd Núñez de Ávila como tesorero del rey se destaca por la activa política de compras que im- plementa desde finales de la década de 1470; véase Sobrino Chomón, T.: Un linaje abulense en el siglo XV: Doña María Dávila (Documentación medieval del monasterio de Las Gordillas), Ed. Gran Duque de Alba, Ávila, 1998, Vol. II, Doc 149, 151, 168 entre otros.
73 Pero González, involucrado en una política de acaparamiento de tierras, rechaza la injerencia de la justicia local en cuanto hace valer su papel como funcionario real: «en las tomas que tiene tomadas en esa dicha çibdad e en su tierra, vos ha rrequerido e leydo cartas a vos e a vuestros alcaldes que vos non entremetades a conosçer de sus pleitos nin de otras cosas e tomas (...) diciendo que por ser mi oydor que non devedes entremeter», Asocio, Doc 103 (1434), p. 438.
74 RGS, Vol. VIII, Doc 1 (1493), pp. 12-13. (destacado nuestro)
75 IDEM, Vol. VII, Doc 42 (1492), p. 115.
76 IBIDEM.
77 IBIDEM.
78 Monsalvo Antón considera que si bien Ávila pertenecía a la jurisdicción superior del Rey, éste «ha- bía ido transfiriendo paulatinamente al concejo abulense», [de allí que] «Aunque colectivo y perteneciente en última instancia al señorío del rey (...) el señorío colectivo condicionaba la propiedad, la justicia y la fis- calidad, por destacar los elementos más sobresalientes de la acción de la ciudad y su concejo sobre su territorio», Monsalvo Antón, J. M.: op. cit., 1992, pp. 15-16.
79 Al respecto señala Carlos Astarita: «Justamente por no tener una condición social inherente a su persona sino al estamento en su conjunto, debían demostrar periódicamente los caballeros villanos su pertenencia al rango privilegiado local mediante el alarde», Astarita, C.: op. cit., 2005, p. 59.
80 La consolidación del linaje de los Dávila como grupo dirigente local se produce desde finales del si- glo XIII, según Moreno Núñez, coincidiendo con el proceso de cierre de los concejos. En este sentido, consideramos necesario revisar la unilateralidad del vínculo que establece el autor entre disposición de los instrumentos políticos, concesiones regias y conformación como elite dominante, dado que la evo- lución del grupo debió sortear una serie de obstáculos que retrasan su definitivo afianzamiento hege- mónico hasta el siglo XV; véase Moreno Núñez, J. I.: op. cit., 2000, esp. p. 129.
81 Diago Hernando, M.: «Caballeros y ganaderos. Evolución del perfil socioeconómico de la oligar- quía soriana en los siglos XV y XVI», Hispania, n.° 184, 1993, pp. 451-495, esp. 464.
82 Al respecto, el estudio comparativo de la relación entre ascenso económico y disposición de los cargos concejiles en los concejos aldeanos y villanos, respectivamente, permite reconocer las cualidades distintivas de las elites campesinas respecto de las urbanas con las cuales mantienen vínculos comple- jos de subordinación y clientela; véase el trabajo sobre un concejo de Cuenca, Sánchez Benito, J. M.: «Estructura social de un pueblo de Castilla en época de los Reyes Católicos: Fuentes, aldea de Cuenca», En la España Medieval, 2008, vol. 31, pp. 97-122, esp. 121-122.
83 Elaborado en base a las acciones más significativas de la documentación del Asocio de Ávila.
CORINA LUCHIA**
** Universidad de Buenos Aires-CONICET. C.e.: [email protected]
(ProQuest: Appendix omitted.)
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