RESUMEN: El aparato judicial resultó vital para el sostenimiento del orden impuesto por la Restauración borbónica, el mantenimiento en el poder de una oligarquía de base agraria asentada sobre el caciquismo. Su corrupción permitió atender a las bases de tal sistema, favorecer a los iguales, pagar fidelidades o deshacerse de enemigos. La institución del jurado facilitó aquellos propósitos. Murcia fue uno de sus mejores ejemplos a tenor de la contrastada mediación de Juan de la Cierva.
Palabras clave: Restauración; Caciquismo; Justicia; Jurado; Murcia; Juan de la Cierva.
ABSTRACT: The judiciary was vital for the support of the order imposed by the Bourbon Restoration, the maintenance in the power of an oligarchy of agrarian base placed on the despotism. Its corruption allowed to attend on the bases of such a system, favour the equal ones, pay loyalties or get rid of enemies. The institution of the jury provided those purposes. Murcia was one of the best examples on the basis of the proven mediation of Juan de la Cierva.
Keywords: Restoration; Despotism; Justice; Jury; Murcia; Juan de la Cierva.
La Restauración borbónica, iniciada en diciembre de 1874 con un golpe militar en Sagunto, quiso acabar con la precedente inestabilidad política, propiciada justamente por el Ejército. La solución pasó por el establecimiento de un turno pacífico entre dos partidos monárquicos creados ex profeso -Conservador y Liberal- y la marginación de los grupos antidinásticos. Ello fue posible por el falseamiento sistemático de las elecciones, especialmente a partir del establecimiento en 1890 del sufragio universal masculino. Las elites de poder pudieron controlar la situación a través de una red de caciques provinciales, enlazada por medio de los gobernadores civiles y completada a nivel local con toda una cohorte de adláteres. El sistema funcionó por medio del encasillado, es decir, el reparto previo de escaños entre el Gobierno y la oposición. Para asegurar su cumplimiento se dieron los amaños previsibles: alteración de censos, firma de actas en blanco o desdobladas, detención de interventores y notarios, amenazas o concesiones a los electores y votaciones a colegio cerrado1.
La Administración de justicia se reveló indispensable para allanar obstáculos -suspendiendo ayuntamientos y procesando concejales de la oposición-, servir a los amigos políticos y favorecer a individuos del lumpen, necesarios en los empeños violentos. Si el sufragio universal obligó a multiplicar los arbitrios para asegurar el fin apetecido, la institución del jurado -restablecido en 1888- permitió condicionar los veredictos en el sentido deseado. Nada escapó a las intrigas, desde mediar en la elección de sus miembros a proveer en su corrupción, sin olvidar la recusación de jueces díscolos, el manejo de tiempos procesales, el soborno de testigos o la compra del perdón.
Murcia, distante de ser una excepción, se convirtió en uno de sus modelos consumados. A ello contribuyó de forma decisiva Juan de la Cierva, que puso en pie uno de los feudos electorales más sólidos del momento, con la paralela intervención de la justicia. Los desencuentros que se dieron nos alertan sobre el continuo desbordamiento de la legalidad. La máxima de Mata al rey y vete a Murcia se empleó para definir aquella inmanencia. La prensa se encargó de aflorar aquella realidad, que provocó -más pronto que tarde- el estigma del jurado. Para unos, intromisión espuria de las clases populares; para otros, ámbito de corruptelas. Con continuos proyectos de reforma, se mantuvo hasta 1923, en que fue abolido por la dictadura de Primo de Rivera. Restituido durante la II República, volverá a ser suprimido por el régimen franquista. Para su pleno restablecimiento habrá que esperar a 1995.
1. MURCIA: COTO CONSERVADOR BAJO LA ÉGIDA DE JUAN DE LA CIERVA En este tiempo Murcia pasó de 451.611 habitantes en 1877 a 577.987 en 1900, en tanto la capital -con todas sus pedanías- lo hizo de 91.805 a 111.539. Una sociedad marcada por el atraso. En 1880 el número de residentes por escuela pública era de 1.668 -cuando la media nacional apenas superaba los 700-, con un déficit estimado de 193 centros2. En 1910 la provincia albergaba el mayor número de analfabetos de toda España. Los gastos educativos por individuo y año rondaban entonces las dos pesetas, cuando el promedio general se aproximaba a las cuatro. En esta variable se emplazaba en el penúltimo lugar, reservándose Cádiz el triste privilegio de cerrar la lista3. En 1867 existían, en cambio, 478 tabernas, 85 en la capital4.
La extendida desmovilización -potenciada por el analfabetismo- fue el sustento de un orden sin réplica, definido con claridad por la prensa más crítica:
En este vergonzoso régimen de dependencia ilimitada a que se somete con pasividad vergonzosa la sociedad, sobresale por modo indigno la sumisión al cacique, al reyezuelo, al señor de vidas y haciendas, que amparando las espaldas con asquerosa hueste de tahúres, y de matones de oficio, cierra contra todo lo que le produce estorbo, y desprovisto de las cualidades del caballero, utiliza el poder o la benevolencia de gobernadores, alcaldes, magistrados, jueces, de todos los que son algo o pueden ser algo, para despejar su camino de impedimentos y subir como la espuma. El cacique, indigno, cobarde, ruin, es fiel imagen del alma de la moderna sociedad, ruin, cobarde, indigna...5.
El gran artífice de aquel complejo fue Juan de la Cierva (1864-1938)6. Propietario agrícola con negocios diversificados en minas e industrias de conserva y miembro destacado de la elite local7. Comenzó a ejercer la abogacía en 1885 y al año siguiente se inició en política en las filas del Partido Conservador. Su cursus honorum es bien conocido: diputado provincial (1890), presidente de la Diputación (1891-1892), alcalde (1895), diputado a Cortes (1896-1923) y representante por derecho propio en la Asamblea Nacional Consultiva de Primo de Rivera (1927). Desde 1902 ocupa la jefatura del partido en la provincia, comenzando a partir de 1904 su carrera ministerial: Instrucción Pública y Bellas Artes (1904-1905), Gobernación (1907-1909), Guerra (1917-1918 y 1921-1922), Hacienda (1919), Fomento (1921 y 1931)8.
Si a juicio de Francos Rodríguez cada provincia es un hombre, Murcia fue el feudo de Cierva9. Al frente de una extensa red de pequeños caciques -«la gallofa electorera y criminal»10- controlaba hasta el último lugar. Aquellos individuos eran piezas del tablero político que él nombraba y amparaba contra viento y marea. Lo señalaba el párroco de Mula, el distrito electoral por donde Cierva obtenía su acta de diputado de forma invariable:
Se presentó un día a D. Juan una comisión de pueblo a quejarse de los atropellos que venía cometiendo el caciquillo, hombre rudo y analfabeto, pero que valiéndose de la situación de jefe político local, hacía y deshacía cuanto se le antojaba, aunque fuera atropellando la razón y la justicia. Don Juan los recibió muy bien; les dijo que le pidieran o insinuaran cosas convenientes para el pueblo, pero que no podía tocar al cacique porque éste disponía del censo. En su ofuscación no veía Don Juan que aquel hombrecillo, como los restantes caciques, disponían de los votos porque disponían de las varas administrativa y judicial y éstas despendían de su voluntad en el 99 por ciento de los casos»11. No tenía empacho en reconocerlo, haciéndose eco de la «... protección exclusiva y sin límites [de que gozaban] los políticos locales12.
Ejerció un dominio absoluto, con un afán que no pasó desapercibido. Ortega podía escribir: «Del modo que los ríos van a dar en el mar, todas las políticas murcianas van a dar en el señor La Cierva»13. Indalecio Prieto lo sentenciaba como «cacicón murciano»14. Tuñón de Lara lo perfila del todo: «...cacique todopoderoso de Murcia y su provincia, donde era fama que no se nombrara tan siquiera un peón caminero sin que hubiera dado su visto bueno [...] Maura, que legislaba con la preocupación teórica de la pureza del sufragio, dejaba la práctica electoral en manos de quien más despreciaba esa pureza...»15.
Las componendas puestas en pie, sin descartar el artero empleo de la justicia, se tradujeron en el seguimiento exacto de la alternancia política, con un Partido Liberal a su dictado, aunque contando con Joaquín López Puigcerver, su líder -diputado por Murcia y ministro en varias ocasiones-, cuyo peso se dejaba sentir en el nombramiento de gobernadores civiles de aquella tendencia.
2. LA CORRUPCIÓN DE LA JUSTICIA
La justicia formó parte del entramado de favores y coerciones vinculado al caciquismo, el paradigma distintivo de la Restauración16. La impostura alcanzó su desarrollo más acabado a partir de la ley de 20 de abril de 1888, que estableció el juicio por jurados17. La conquista democrática de 1869, restablecida por el Partido Liberal, fue desvirtuada hasta el punto de convertirse en instrumento de poder de los nuevos señores. Les fue útil para atender a los grupos clientelares, descabalgar a los contrarios y poner a salvo a sus matones a sueldo. Los miembros del jurado fueron fácil presa de sus influencias y presiones. En último extremo podían ser recusados o sustituidos por otros afines a los intereses en juego. A la postre todo el sistema quedó bajo el ascendiente del caciquismo, desde los testigos a los magistrados. Murcia se erigió en una de las provincias con mayor índice de criminalidad de España, la octava en 190018. La expresión Mata al rey y vete a Murcia encontró justificación. El jurado apareció como la gran fábrica de criminales. Su perverso funcionamiento se convirtió en referente nacional.
La Ley Adicional a la Orgánica del Poder Judicial de 14 de octubre de 1882 estableció tres audiencias criminales en la provincia, las de Cartagena, Lorca y Murcia19. Estuvieron en vigor hasta 1892, cuando la Ley de Presupuestos suprimió las dos primeras por razones económicas20. La de Murcia, asumió un carácter provincial21.
El primer juicio con jurado se vio en la capital el 1 de julio de 1889. Se revistió de la solemnidad requerida: «Los jurados fueron dos a dos prestando juramento, de rodillas, ante un Crucifijo y con la mano derecha puesta sobre el libro abierto de los Santos Evangelios»22. En Lorca tuvo lugar el 26 de octubre, en tanto que en Cartagena se demoró al 17 de noviembre.
No tardó en detectarse una sospechosa decantación absolutoria. Los indicios afloraron a mediados de julio de 1891: «Ha llamado la atención y es objeto de distintos comentarios el número de veredictos de inculpabilidad que ha dado, en poco tiempo, el jurado constituido en esta Audiencia [de Murcia], para entender en causas por homicidio»23. A las alturas de 1893 era un clamor: «Cuando fue publicada la ley del jurado, el pueblo liberal y democrático que venía pidiendo en todos los tonos, desde el de la súplica hasta el de amenaza, diose el parabién al pensar que había llegado el día en que la justicia se humanizaba. Pero, seguramente, no creyó nunca que el jurado se humanizase tanto que abriese con sus veredictos las puertas de las cárceles a los homicidas, a los asesinos y a los parricidas»24. La clemencia acabó por hacerse proverbial: «Casi se puede asegurar que en un período no muy largo, desde que hay jurado, se han enterrado doscientas personas, muertas violentamente, sin que resulten, por diversas causas, castigados los autores de los doscientos delitos»25.
Se evidenció la correlación de aquellas sentencias con la acción política, con un protocolo que se hizo rutinario:
Todos sabemos que a la comisión de un crimen sucede como trámite obligado la visita del criminal al cacique, a o b, para recibir instrucciones y obrar en un sentido u otro, según convenga al futuro procesado. Dándose el caso vergonzoso de que algunos caciques llevan su amor al delincuente hasta prepararle la fuga. Lo que pasa después también es del dominio público: la instrucción del sumario, dejándose sentir la mano del caciquismo; la vista de la causa, como último trámite, y el soborno o coacción de jurados como último paso de los caciques26.
La adulteración comenzaba con la elección del jurado: «...la forma en que se llevan a cabo los sorteos de jurados; o en que no se llevan a cabo, mejor dicho, como parece indicar la repetición de los mismos nombres en las listas de todos los cuatrimestres, creándose de este modo el jurado de oficio, que resulta una verdadera calamidad»27. La práctica no era un misterio: «Procúrase que solo queden en el cachirulo (esta es la frase corriente) los jurados notoriamente benignos»28. Hay quien hace de aquella designación -con sus dietas y prebendas- modo de vida.
El procedimiento era objetivado y extendido al conjunto nacional por el fiscal del Tribunal Supremo. Así aparecía en la memoria leída en septiembre de 1894 con ocasión de la apertura de los Tribunales. El alto funcionario explicaba el método utilizado: «...las primeras listas las forman los jefes de la política local, pues en ellos recaen siempre los nombramientos de alcaldes, jueces y fiscales municipales. Con estos elementos sobra para que se desnaturalice el jurado, pues esas primeras listas, que son la base de todo, están entregadas a la política local»29. Redundaban en ello las memorias remitidas al Ministerio de Gracia y Justicia por los presidentes y fiscales de las Audiencias30.
En el medio rural, donde el poder del cacique no tenía contrapeso posible, terminó siendo un ejercicio ordinario, registrándose actuaciones señeras: «...se dio el caso de que el jurado del distrito judicial de Caravaca entendió en un cuatrimestre de nueve causas por homicidio y algunas por asesinato, y en las nueve dictó igual número de veredictos de irresponsabilidad. Dícese, que a ello vino comprometido a esta Audiencia»31. Se anotaba su mercantilización: «...vienen amañados y comprometidos los jurados de los pueblos, en su mayoría infelices que, sin darse cuenta del mal que producen, pagan con absoluciones, favores recibidos...»32.
La acusación era concluyente: «La prostitución del jurado es obra única y exclusivamente del caciquismo inmoral; y la prostitución del jurado es un efecto del caciquismo y causa principalísima, a la vez, de la criminalidad de Murcia»33. La implicación de Cierva se hizo transparente, hasta saltar a la prensa nacional: «Lo más censurable en tan interesante asunto es, al decir los que se creen bien enterados, que el cacique que ha producido la perturbación tan honda en la recta administración de la justicia, desacreditando la popular institución del jurado y convirtiendo a los jueces, sobre todo a los municipales, en instrumentos dóciles de sus concupiscencias, ha sido un celebérrimo diputado a Cortes»34. Más allá iba El País: «Este célebre jurisperito -aunque hablemos mucho de él, no crea que acabaremos llamándole jurisconsulto- se daba tal arte en la Audiencia de Murcia para libertar pícaros, que de esas sus mañas y de la influencia de indignos caciques proviene el refrán, trasladado de Málaga a la huerta murciana: Mata al rey y vete a Murcia»35. En la misma línea se decantaba El Luchador, diario republicano de Alicante, es: «...uno de los políticos que puede tomarse como prototipo del más funesto cacique, del que más ha contribuido a la propagación de la hiperbólica frase, Mata al rey y vete a Murcia»36.
La prensa enumeraba las intimidaciones y los valimientos manejados con oportunidad: «...repetidas coacciones que tienen lugar en la Audiencia de Murcia sobre los jurados que intervienen en determinadas causas [...] y hasta la venta inmoral que quizá se realiza en algunos casos en el mercado donde son moneda las recomendaciones y retribuciones honoríficas [...] para favorecer a éste o aquel delincuente que contaba con la graciosa protección de los caciques»37. Los mismos fiscales secundaban la imputación: «Murcia entera está escandalizada con esos veredictos tan frecuentes de inculpabilidad, que son un poderoso estímulo para la delincuencia [...] Es imposible que hombres honrados, ciudadanos de conciencia recta, arranquen a los criminales a la acción de la ley, otorgando veredictos de inculpabilidad a cambio de favores recibidos en el orden privado...»38.
En el caso de tropezar con jurados insobornables, quedaba su recusación39. El último arbitrio era la demora de la vista, al objeto de sortear a los jurados reputados de este modo40. La estrategia se convirtió en norma: «Si publicamos la relación de los homicidios absueltos, de los juicios suspendidos, cuya suspensión se ha interpretado como un aplazamiento necesario al amaño; si publicáramos los datos que puedan obtenerse en los últimos años de la Administración de justicia en Murcia, habría que horrorizarse»41.
El propio Cierva reconocía el empleo del expediente: «Yo he suspendido voluntariamente dos veces esta causa porque quería conseguir que la serenidad de ánimo sustituyera a aquel estado en que la leyenda pintaba a mi defendido como un monstruo repugnante; y por que deseaba igualmente, que juzgara esta causa un jurado compuesto de hombres de honor. Y esto último tengo la satisfacción de haberlo conseguido...»42. La treta debió ser tan usual que aparecía en una novela ambientada en la Murcia de aquellos años43.
La postergación del juicio se conseguía invocando los pretextos convenientes. A la remoción de los jurados se añadían las componendas de los abogados: «...que enferman el mismo día en que ha de verse la causa y casi siempre en ocasión en que el jurado se le estima incorruptible...». Se traía a colación el nombre de Cierva, proclive a indisponerse de modo repentino y con sospechosa pertinencia: «Afortunadamente los temores que nos inspiró la enfermedad del Sr. La Cierva (a quien vimos por la mañana en que el juzgado donde asistió a oír la declaración de nuestro director), se disiparon anoche, pues tuvimos el gusto de verle en la calle, sin duda restablecido completamente»44.
De la confabulación formaban parte los testigos: «Los de cargo se trabajan por diversos medios, para que en la Audiencia declaren lo contrario de lo que dijeron ante el juez [...] En cuanto a los testigos de descargo, la comedia es singularísima...»45. Lo contrario era, cuando menos, anecdótico: «En este sumario se ha dado el caso rarísimo de que los testigos hayan dicho la verdad...»46. Llegada la ocasión, se compraba el perdón de las víctimas, facilitado por la nula confianza que ofrecía la equidad de los jurados.
A los letrados correspondía un elevado tanto de culpa. En el centro del proceso, eran la llave de las absoluciones, que rentabilizaban al máximo: «...que los homicidas mismos, no buscan ya a los abogados de justa fama, sino a los llamados ganchos que contratan las absoluciones, según de público se dice, todo ello con desprestigio de la toga y desdoro de una profesión dignísima»47. De nada sirvieron las recriminaciones: «...que quienes necesiten una reputación la consigan laboriosamente, defendiendo lo justo y castigando lo injusto, no como se ha venido haciendo hasta ahora, pues de público se señalan los ardides puestos en juego, desde el aleccionamiento de testigos falsos a la corrupción, a la compra de jurados que se venden por dinero o por favores, lo más frecuente en todos los casos»48. Se cargaba contra un sector concreto de la abogacía, al relacionado con el caciquismo, Cierva en primer término: «Revisando los veredictos absolutorios que se dan en la Audiencia, veremos que todos o casi todos los han conquistado (?) abogados de nota, por lo general abogados de influencia política...»49.
Trascendieron los rasgos inmanentes al clientelismo: «Claro es que estas protecciones serían de todo punto ineficaces, si las autoridades no dependieran de la política a la que deben sus puestos y pudieran obrar con absoluta independencia y si el jurado estuviera siempre constituido con hombres igualmente independientes y con noción de la misión sagrada que la sociedad les confiere, y dispuestos a no oír otras recomendaciones que las de la justicia ni otros dictados que los del deber»50. La desmovilización social era la coadyuvante necesaria: «La inmensa mayoría de los ciudadanos se cree desligada de todos los deberes sociales y muy singularmente de ayudar a la Administración de justicia y de protestar contra los vicios que la envilecen»51.
El descrédito acabó arraigando en la opinión pública: «...conviene extinguir del sentimiento popular la terrible creencia de que con influencia y con dinero se dobla la vara de la justicia»52. Para el conjunto de la población el derecho estaba en almoneda: «...si la prensa calla, se dice que ha vendido su silencio, y si protesta es porque no le han dado dinero; se dice que el magistrado subordina su conciencia al ascenso otorgado o a la esperanza de conseguirlo; que hay jurados rendidos a medios ilícitos, o aplastados por el número en la sala donde delibera y falla el tribunal popular; se dice que hay testigos contratados para la burla farsa de la coartada, o vencidos por el dinero y la influencia para que nieguen en el plenario la verdad declarada en el sumario...». Se filtró el carácter de clase de aquel comportamiento: «...la terrible creencia en el pueblo sencillo, de que compran absoluciones aquellos homicidas que tienen dinero, mientras que algún desvalido va a presidio por lesiones»53. Una dualidad reiterada hasta el hastío: «Es necesario que el jurado, obrando según los estímulos de su conciencia, castigue con todo el rigor de las leyes a los asesinos y homicidas y no siga ofreciendo el triste espectáculo harto deplorable de absolverlos en tanto que envía a presidido al infeliz que impulsado por el hambre roba lo que necesita para saciar esta»54.
Se cometieron tantos excesos que el propio gobernador civil se sintió en la obligación de posicionarse, tratando de dejar a cubierto la Administración pública: «Ha lamentado la prodigalidad de los autos de libertad provisional, dictados por los jueces a favor de verdaderos criminales; los veredictos de inculpabilidad de los jurados [...] las recomendaciones de los influyentes a favor de los pillos; hechos todos que contribuyen indudablemente al fomento de la criminalidad y a la impunidad escandalosa que acompaña la realización de sus hazañas»55. No hubo otros efectos.
3. AL SERVICIO DE LA TRAMA ELECTORAL
El reparto consensuado de escaños entre el Gobierno y la oposición -la base del turno pacífico- implicaba su cumplimiento en los distritos electorales de cada provincia. Esa tarea correspondía a los caciques de los dos partidos involucrados en aquel sistema: Conservador y Liberal. Lo que en Madrid era pacto y guiño, en las pequeñas localidades se transformaba en rivalidad personal y violencia política, y a ella se veían arrastrados con frecuencia los jefes provinciales.
A raíz de la ley electoral de 1871 -modificada por el artículo 2.° de la de 28 de diciembre de 1878- la provincia de Murcia quedó organizada en seis distritos electorales: Murcia, Cartagena, Lorca, Cieza, Mula y Yecla56. El de Mula se correspondía con su partido judicial, integrado por los municipios de Albudeite, Alguazas, Archena, Bullas, Campos del Río, Ceutí, Cotillas, Molina, Mula y Pliego. Un total de 36.007 habitantes57. Se convirtió en feudo tradicional del Partido Conservador bajo los auspicios del marqués de Corvera y los Zabálburu, destacados miembros de la oligarquía agraria. A partir de 1896, y sin interrupción hasta 1923, rendiría vasallaje a Juan de la Cierva, bien relacionado con aquellas familias. Desde el paternalismo agradecerá la sumisión: «Les he dado también prosperidad, haciéndoles carreteras y caminos vecinales para el enlace de todos los pueblos; ferrocarril, un pantano, cosas ambas que eran el ideal de aquel distrito. He fomentado su cultura con la creación de escuelas. He procurado, en fin, corresponder a su fidelidad»58.
En Alguazas -una localidad de 2.276 habitantes en 1887- la opción liberal contaba con Juan Antonio Jover Sánchez, hacendado del lugar y dueño de minas. Controlaba con su suegro -Pedro Laborda Fenor, otro potentado de la población-, una considerable esfera de dominio, alternándose en la alcaldía con cierta regularidad. Lo definía a su gusto Juan de la Cierva: «Dicho señor ha gozado en Alguazas de tanta y tanta influencia, que ha llegado a ocupar los primeros puestos: ha sido alcalde, ha logrado con su influjo empleos a varias personas; es, en una palabra, lo que todos hemos convenido en llamar un cacique...»59.
Jover, como otros tantos servidores, perpetrará todo tipo de abusos y desmanes, con causas pendientes por estafa, lesiones, falsedad, atribución de cargo público y robo. Tenía por oponente a José López Oliva, labrador de los Zabálburu y por este medio alcalde y juez municipal en los momentos de ascendiente conservador. Con él, José Verdú López, al servicio de los mismos terratenientes. No iban a la zaga en la comisión de transgresiones. Está acreditada la aversión que los separa y los motivos: «Don José López Oliva es enemigo político del Jover. División profunda, enconada lucha existía entre ellos, nacida de diferencias de partidos»60. Ambos disponían del respaldo de sus engranajes políticos respectivos, desde el gobernador civil al ministro de la Gobernación, que cubrían sus tropelías y buscaban la anulación del contrario, especialmente en vísperas de elecciones. En esas empresas se veían sometidos a continuos procesamientos, para lo que nunca faltaban motivos: desde la corrupción electoral a la malversación de caudales públicos.
La contienda política, inseparable de una rivalidad personal que se extendía en círculos concéntricos, acabó fraccionando la comunidad vecinal: «...el pueblo de Alguazas se halla dividido en dos grandes familias o partidos, entre los cuales es la lucha constante y tenaz [...] dos banderías opuestas de que germinan todos los enconos y todas las enemistades personales en aquel vecindario...»61.
La hostilidad se cobró la vida del hijastro de Jover, Juan Diego Duarte -un joven de 22 años-, muerto a manos de los sicarios de Oliva. Los hechos, con los peores agravantes, tuvieron lugar en la tarde del 11 de enero de 1888. Sujetado por la espalda le asestaron tres puñaladas y, ya abatido, lo remataron en el suelo. Alcanzó a hacer dos disparos que alcanzaron a uno de sus agresores62.
El 9 de abril de 1889 comenzó la vista de la causa. El fiscal solicitó cadena perpetua para los imputados y la acusación privada la pena de muerte. La parte contraria, encomendada a Juan de la Cierva, alegó legítima defensa y falta de pruebas, reclamando la libre absolución63. Se pusieron en práctica los recursos habituales, empezando por acomodar testimonios en la propia sala de justicia. Una estratagema observada con alguna frecuencia, pero que excedió lo anotado hasta entonces: «Testigos que ante el juez de instrucción declaran no haber presenciado nada y después dicen haberlo visto todo, y vice-versa, se ha visto alguna vez en la Audiencia; pero nunca como en este juicio se ha hablado tanto de influencias y coacciones ejercidas sobre los testigos»64.
El cinismo de Cierva no encontró techo:
¡Bendito sea el juicio oral! [...] ¡Bendito aquel que sustituyó la oscuridad del juicio escrito con la publicidad del juicio oral, este nuevo procedimiento en que interviene tanto el público como el tribunal y las partes! [...] ¿Qué hubiera sido de estos tres procesados sin el nuevo procedimiento? Si esos testigos perjuros que en el sumario declararon imputándoles un delito horrible [...] no hubiesen tenido necesidad de hacer otra cosa que ratificarse en sus infames declaraciones; si no hubiesen venido ante vosotros, que habéis sabido desenmascararlos, ¿cómo se hubiese podido hacer luz en el proceso? ¿Cómo hubiese resplandecido la inocencia de los acusados?65.
Su mano debió moverse en la sombra. Sin razones aparentes, el fiscal cambió de criterio: «Este digno funcionario, que tres días antes consideraba a los reos condignos de morir en un presidio, solicitó de la sala la libre absolución, por no hallar probada la delincuencia de los acusados...». Otro tanto hizo el abogado de la familia del fallecido:
...El joven letrado D. Santos Ladrón de Guevara, representante de la acusación privada, que pedía la pena de muerte para los procesados, considerándolos como autores de asesinato, varió ayer sus conclusiones primitivas y pidió para cada uno de ellos la pena de 14 años de prisión mayor. Calificó el hecho de homicidio, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de arrebato y obcecación y la agravante de abuso de superioridad, por ir tres contra uno [...] que hubo lucha entre los tres procesados y la víctima.
Cierva, además de mantenerse en sus tesis, trató de escarmentar al incómodo testaferro de la oposición, pidiendo el tanto de culpa para los testigos de la parte contraria y el pago de las costas procesales.
La persecución de Jover continuó más allá del proceso. Menudearon las causas instruidas desde el juzgado de Mula por detención ilegal y usurpación, respondidas por su abogado con la demora de las vistas. La prensa afín al ciervismo difundió sus peores hazañas, como haberse apropiado de cierto fondo establecido para dotar doncellas pobres del lugar66. No fue defenestrado, el control electoral de la localidad -sin medir su coste- debía interesar a sus protectores. Siguió ocupando concejalías a la sombra de su suegro, tan violento como él en su modo de actuar67. La percepción de sus enemigos -la de Cierva en particular- debió variar a partir de 1927, cuando una hija de aquel, Concepción Jover Laborda, contrajo matrimonio con Federico Salmón, futuro dirigente y ministro de la CEDA en la II República.
4. MATONISMO POLÍTICO
La clase política encontró en el bastardeo de la justicia la posibilidad de disponer de mercenarios al servicio de sus designios más turbios. Fue el signo de los tiempos. El criminólogo Rafael Salillas enumeró dentro de la categoría de matones a los de tipo político, vinculándolos al caciquismo68.
El sistema favoreció la formación de una cohorte de chulos y guapos, con pronta ocupación en la política:
El tribunal del jurado ha parido más matones que las bellacas, gitanas y ladronas. Con sus veredictos de inculpabilidad, el jurado da patente para el ejercicio de la tablajería humana. El individuo que sale absuelto de la Audiencia, habiendo matado a alguien, conquista una credencial, un medio segurísimo de holgada vida. Inmediatamente encuentra colocación, bien en la casa del cacique o en la asquerosa chirlata, al cacique le acompaña a todas partes sirviéndole de salvaguarda y le hace las elecciones con tal bizarría, que con su presencia se firman actas en blanco y su voluntad es la ley del colegio [...]. Los caciques de Murcia viven protegidos por la institución de los valientes, hasta tal punto que, hijos del vicio y de la prostitución, se ponen en juego todas las influencias para que se tolere la timba, y el gobernador que no respeta estos precedentes es expulsado ignominiosamente...69.
El ciervismo se valió de ellos, como evidenció Alejandro Lerroux en el Congreso de los Diputados: «...la mayoría de los agentes electorales y delegados son ex presidiarios...»70.
Uno de los casos más escabrosos salió a la luz en la causa abierta a Enrique Granados Vivancos, acaudalado minero de Mazarrón, en cuyas explotaciones los trabajadores se veían forzados a cobrar en especie y acudir a los comercios de su propiedad en condiciones desventajosas71. Tal forma de acumulación define al personaje. Se ha erigido en señor de vasallos de una localidad que en 1900 cuenta con 11.580 habitantes. Ocupa la alcaldía de forma interina, correspondiendo a su padre -Donato Granados- la titularidad. En el ámbito político, las actas notariales levantadas daban fe de dimisiones forzosas, cesantías impuestas, amenazas, agresiones y detenciones ilegales. Las asechanzas del cacique iban especialmente dirigidas contra Nicolás Delgado, fundador de un Círculo de Unión Republicana -con 800 socios- y de un periódico titulado La Verdad, que aireaba las ilegalidades observadas. Así lo hizo con el reiterado robo de minerales, lo que conllevó el procesamiento de Enrique Granados y Andrés Acosta, otro minero de fortuna. Los atropellos cometidos llegaron al Congreso de los Diputados con las intervenciones de José Melgarejo Escario, parlamentario republicano por Murcia. En la sesión del 4 de junio de 1892 delató la actuación de los guardias municipales, licenciados de presidio, «...más inspirados en la arbitrariedad que en la ley»72. No obtuvo respuesta alguna.
El 16 de octubre de 1892 fue asesinado -en el puente de Totana- Miguel García Rodríguez, vecino de Mazarrón, de 31 años de edad, sobrino de Nicolás Delgado. Los causantes pertenecían al entorno de Granados. Uno de ellos -Francisco Cayuela García (a) Quico- había sido cabo de la Guardia municipal bajo sus órdenes, distinguiéndose por sus continuos desafueros, por lo que fue suspendido de empleo y sueldo, quedando colocado en la empresa minera de su valedor. El otro -Sebastián García Cayuela (a) Civil- era empleado de consumos. Como colaborador necesario aparecía Pedro Fernández Rodríguez (a) Lafuente, ex jefe de la policía local.
Del sumario -instruido por el juez de Totana- se derivaban cargos contra Francisco Cayuela y Sebastián García como responsables de las trece heridas que habían provocado la muerte de Miguel García. Como inductores constaban Ginés Granados Vivancos, Pedro Fernández Navarro y Andrés Acosta Acosta. No había dudas sobre la implicación del regidor municipal: «...la confesión de los autores materiales del crimen, que fueron cogidos a los pocos momentos de realizado aquel, comprometen al Sr. Granados, y de aquí la detención ordenada por el juzgado»73. El 21 de octubre se dictó auto de prisión provisional sin fianza contra todos ellos, que fue ratificado el 27 del mismo mes. Los hechos tuvieron una enorme repercusión en la prensa regional y en la nacional de mayor tirada: El Imparcial, La Justicia y El País. Unos y otros llamaron la atención sobre la activación de las relaciones políticas: «Los amigos del Sr. Granados, por cierto conservadores, no descansan un momento; tienen comisiones en Madrid, Albacete, Totana y Murcia: quieren defender a su patrocinado»74.
Granados, que se entregó en Murcia, fue puesto a salvo del juez instructor -José López Cardona-, nada amigo de compadrazgos: «...al interesar el juez de Totana su traslación a la cárcel de dicha localidad, el médico de la de Murcia certificó que se hallaba enfermo, y con tal motivo lo trasladaron al hospital, donde continuamente ha estado acompañado de significadas personalidades del Partido Conservador...»75. Obviándose que la cárcel de Murcia tenía enfermería, fue alojado con toda comodidad en las habitaciones del director del centro médico. De la misma ventaja disfrutó Pedro Fernández. Los motivos eran innegables: «...ha hecho que bajo una fingida enfermedad, que curaron con buenas recetas de la fonda, hayan estado en comunicación algunos días, todo lo cual puede contribuir a inutilizar la acción de la justicia»76. El juez de Totana fue finalmente recusado y más tarde trasladado en aplicación del artículo 237 de la Ley provisional sobre organización del poder judicial, que hacía mención a disidencias graves con los demás magistrados y «...cuando circunstancias de otra clase o consideración de orden público muy calificadas exigieran la traslación»77. Su integridad le pasó factura.
El caso pasó a un juez especial, magistrado de la Audiencia de Murcia, Juan Campoy Márquez, que luego sería gobernador civil de la provincia por el Partido Conservador. Se hizo evidente que el poder político preparaba la exoneración de los reos, ahondándose la sospecha sobre el crédito de la institución78. El recelo fue general: «La opinión pública está indignada, no sólo por el hecho infame del delito, sino también ante el temor de que las influencias del caciquismo político intentarán trocar la acción libre y desembarazada de la justicia en este ruidoso proceso»79.
Los apremios surtieron efecto. El 23 de noviembre el edil fue puesto en libertad provisional bajo fianza de 25.000 pesetas. En el auto se podía leer: «Que si bien existen indicios contra el repetido D. Ginés Granados no tienen por hoy la misma gravedad que los referentes a los demás procesados y dados sus buenos antecedentes no es creíble que pueda sustraerse a la acción de la justicia»80. Los datos sobre su conducta habían sido solicitados al padre del procesado -alcalde titular de Mazarrón- y recabados entre los mayores contribuyentes de la localidad, íntimos de la familia. El abogado de la acusación particular, Jesualdo Cañada Baños81, subrayó con toda crudeza las fidelidades pulsadas: «...tenemos que aceptar los hechos tal y como son y contribuir desde el sitio que ocupamos a que la ley sea igual para todos, sin privilegios de ninguna clase [...] La sangre del infortunado Miguel García debe manchar la conciencia de altas personalidades que han venido dispensando protecciones injustificadas». A su entender sobraban motivos para mantenerlo internado82. Nada consiguió. El juez especial cumplió su función hasta el final, atendiendo los encargos recibidos: «La opinión separa ya su vista del señor Granados y la dirige mucho más alta, al comprender que fácilmente pudiera haber triunfado la actividad política, la amistad personal y las grandes recomendaciones»83.
El 25 de octubre de 1893 comenzó el juicio oral. Salió a relucir la parcialidad del jurado84. Solo tres de sus miembros eran de Murcia, los nueve restantes procedían de Mazarrón. La Cierva asumió las defensas de Granados, Acosta y Fernández. Las de los restantes correspondió a Ezequiel Diez y Sanz de Revenga, otro prohombre del Partido Conservador, tránsfuga del Liberal.
Los hechos que el fiscal adujo como ciertos y probados indicaban con claridad que fue un asesinato premeditado, con la intervención de todos los procesados, unos -los que defendía Cierva- como inductores y los otros como autores materiales85. Nada de eso trascendió. Se evitó la comparecencia de los testigos de la acusación particular. El fiscal modificó sus conclusiones, exonerando a Granados y Acosta86. El fallo, no por esperado dejó de sorprender. Los verdaderos criminales -los que impulsaron el asesinato- fueron puestos en libertad; Pedro Fernández quedó absuelto; Francisco Cayuela fue condenado a 8 años de prisión mayor y 1.500 pesetas de indemnización, y Sebastián García a 2 años, 11 meses y 11 días de prisión correccional y a seis meses de arresto mayor y 500 pesetas de multa87. Se interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Su defensa correspondió al despacho de Manuel Pedregal, diputado por la minoría republicana, encargándose de contestarlo Juan de la Cierva. La reclamación fue desestimada88.
5. UNA JUSTICIA DE CLASE
El orden social marcado por la preeminencia de los poderosos se tradujo en la ambivalencia de la justicia, con numerosos ejemplos. El 7 de julio de 1895 se desarrolló en la pedanía de Guadalupe -término municipal de Murcia, con 1.948 habitantes en 1900-, un episodio violento, propio de una vendetta rural. A las nueve y media de la noche el vecino José Lorente Alegría de 20 años fue muerto en mitad de la calle Mayor, previsiblemente por Andrés Ruiz Rabadán. El crimen puede interpretarse como trasunto de un enfrentamiento entre familias, pero lleva el sello del odio de clases. De un lado los Lorentes, ricos labradores del lugar, cuyo patriarca es el alcalde pedáneo. De otro, los Ruiz, propietarios muy pobres y jornaleros. El origen del altercado es baladí, lo que apunta a viejas inquinas: «...los Lorentes estaban en la calle Mayor, en la puerta del Domingo Lorente, palmoteando y en broma, pues aquella tarde habían estado de merienda. El Blas Martínez [Rabadán] que [...] acompañaba al Andrés Ruiz [Rabadán, su primo] dio el grito que en lenguaje de la huerta se llama un relincho, a lo que contestaron los Lorentes de un modo vivo, por creer que había sido dado en un tono de mofa. De uno de los grupos se oyó decir: fuera, empezando de este modo la cuestión...»89. En el desafío José Lorente perdió la vida a consecuencia de un tiro de escopeta cargada con postas, señalándose como responsable a Andrés Ruiz.
Los parientes del difunto se aprestaron a tomar venganza. Del abuelo al padre, pasando por los tíos y primos del interfecto, un total de ocho personas organizaron la persecución: «...armándose de hachas, pistolas, cuchillos y otras armas, precipitándose como enloquecidos a la calle en busca del agresor de su deudo». Una auténtica caza del hombre, que dejó tras de sí un reguero de sangre y desolación. Llegaron primeramente al domicilio del considerado como autor de los disparos: «Como no les abrieran la puerta comenzaron a dar hachazos sobre la misma, abriendo un gran boquete, saltando la cerraja y penetrando dentro de la casa». En su interior se encontraba la mujer -Carmen Botía Martínez-, embarazada de seis meses, una hija de ocho años, un hijo de dos y una vecina. La escena fue pavorosa: «...puede presumirse que los Lorentes preguntaron a la infortunada Carmen por su esposo; pero lo averiguado hasta la fecha, es que la Carmen cayó en tierra con un horroroso hachazo en la cabeza interesando la frente y quedando al descubierto la masa encefálica»90. La autopsia reveló la crueldad de los asaltantes: «...se le han apreciado además de la herida profunda de la frente [...] otra en la cabeza detrás de la oreja derecha, al parecer de arma de fuego, y varias de perdigones en la cara...». Los testigos reconstruyeron lo que alcanzaron a escuchar dentro de la vivienda, «...que oyó decir a ésta: Domingo no me mates, oyendo también los disparos que se hicieron...». Lo confirmó la declaración de la hija: «...refiere con lágrimas en los ojos las voces que daba su madre impetrando piedad de los Lorentes...»91. La vecina huyó con la niña, saltando las tapias del patio. El niño quedó en la cuna, muy cerca del cadáver ensangrentado de la madre.
Los Lorentes siguieron la batida, presentándose en la vivienda contigua. Según su dueña: «...rompieron la puerta a hachazos y penetraron en la casa; que con las armas en la mano le preguntaron quién había muerto al José Lorente, amenazándola de muerte...». Siguieron calle adelante y llegaron a la morada de Sebastián Ruiz Rabadán, hermano de Andrés: «Comenzaron a dar hachazos en la puerta, que es bastante fuerte, y antes de que pudieran romperla, el Domingo Lorente les hizo desistir de que penetraran en la casa del Sebastián, cuya mujer se encuentra enferma a consecuencia de un difícil alumbramiento». Marcharon después a la de Blas Martínez Rabadán, primo del presunto ejecutor: «Penetraron en dicha casa y no encontrando a nadie -pues la familia había huido- arrancaron una tinaja y la voltearon, así como también una cuna y otros enseres»92. La correría se prolongó hasta el amanecer, poniendo fin a una auténtica batalla campal: «Todos los vecinos de dicho pueblo convienen en que la noche del crimen fueron muchísimos los disparos de arma de fuego que se hicieron tanto contra las casas cuyas puertas fueron rotas a hachazos, como contra otras. Los Lorentes, dicen, daban terribles gritos, mezcla de indignación y de dolor, estando toda la noche recorriendo el pueblo en un estado de grande excitación y casi llorando por la muerte del desgraciado joven José Lorente Alegría»93. La impresión debió ser fuerte. A consecuencia de lo sucedido varios vecinos enfermaron, sobre todo mujeres, como la esposa de Sebastián Ruiz Rabadán.
A las tres y media de la madrugada se personó el comandante del puesto de la Guardia Civil de Alcantarilla -localidad inmediata-, acompañado de un cabo y cinco agentes. Pudieron percibir el pánico por los momentos vividos: «Al llegar la benemérita a dicho pueblo observó que estaban cerradas todas las casas, teniendo luz encendida dentro de las mismas y reinando una desusada quietud, que era evidente señal del profundo terror del vecindario [...] los vecinos en cuanto vieron tricornios, dicen que salieron a la calle»94. Todavía a las siete y media de la mañana tuvo lugar otro incidente, ahora en las afueras del pueblo. Los Lorentes agredieron a tres jornaleros: Antonio Vicente, su hermano Francisco (a) El Pollo y Pedro Cano García (a) Batanero, primo de Andrés Ruiz.
El Juzgado de instrucción se constituyó a las ocho y media, iniciando las primeras diligencias y ordenando la detención de los Lorentes y de Andrés Ruiz, hallado por la Guardia Civil. Ingresaron en la cárcel de Murcia con Patricio Hernández Martínez -el sereno del lugar- y los braceros Antonio Palazón Martínez y Blas Martínez Rabadán, presentes en los primeros sucesos. Todos quedaron incomunicados, no sin dificultad, dada la insuficiencia de calabozos. Se notó quién poseía medios: «A los Lorentes les llevaron anoche a la cárcel algunas mantas y almohadas de sus casas»95.
Los Lorentes designaron como abogado defensor a Juan de la Cierva. La familia Ruiz optó por Ezequiel Diez y Sanz de Revenga. La vista se fijó para el 23 de noviembre de 1896. El fiscal solicitó para los primeros la pena de 20 años de reclusión temporal por el homicidio de Carmen Botía y dos años, cuatro meses y un día por allanamiento de morada. Para Andrés Ruiz Rabadán, como autor del homicidio de José Lorente, ocho años y un día de prisión. Los letrados respectivos demandaron la libre absolución. La Cierva requirió para Ruiz 14 años, 11 meses y 21 días96.
Los periódicos afectos a aquel régimen minado trataron de despenalizar lo ocurrido: «...se trata de una inmensa desgracia, entre familias honradas, cuyas enemistades han encendido un apasionamiento avivado por los vínculos de sangre. Se ha podido observar que no hay en los hechos, sobre los que versa el juicio oral, detalles de perversidad ni punibles instintos de delincuencia, sino desdicha inmensa, nacida de odios implacables y de los ímpetus de la ceguedad...»97. De la maquinación se hizo eco el Ministerio público98.
Se levantó un muro de silencio. Los diarios optaron por omitir el contenido de las sesiones. La información ofrecida no pasó de la breve reseña, sin entrar en los interrogatorios de los testigos ni en las intervenciones de las partes, rompiendo con el formato de la acostumbraba crónica de tribunales. Concluyeron señalando que el jurado, después de deliberar, dictó veredicto de exculpación para todos los procesados. La acusación pública pidió la revisión de la causa ante un nuevo jurado, pero fue denegada por el tribunal de derecho. Declarada firme la sentencia, los reos fueron puestos en libertad. La justificación ofrecida dejó al descubierto el modo de obrar de aquel orden: «Con este motivo se ha censurado nuevamente al jurado, si bien en esta ocasión ha sido con cierta prudencia, atendiendo a lo que algunos jurados decían en su defensa: -Si nuestro fallo hubiese sido injusto, el tribunal de derecho, imparcial y competente, no hubiera negado la revisión, que pudo acordar, habiéndola pedido el Ministerio Fiscal»99.
El doble crimen y su solución quebraron la convivencia vecinal de Guadalupe. El 27 de diciembre de aquel mismo año -1896-, como desenlace de una discusión sobre el fallo dictado, resultó muerto Mariano Orenes Ruiz. No fue una cuestión aislada, pidiéndose una mayor vigilancia, solicitándose el establecimiento de un puesto de la Guardia Civil100.
6. LA RESPUESTA SOCIAL
Los escándalos judiciales sobrepasaron lo imaginable con el llamado crimen de La Arboleja, una pedanía perteneciente al municipio de Murcia. El 11 de octubre de 1896 Miguel Illán Pardo apareció muerto en el fondo de una acequia, estrangulado con su propia faja y con las manos atadas. Dejaba mujer y seis hijos, uno de pecho y el mayor con 11 años. Todas las pruebas apuntaban -por un asunto de deudas- a dos acaudalados de la villa, Manuel Funes López y su padre, Domingo Funes Díaz, dueños de un molino para molturar pimentón en pleno auge de aquella actividad101.
El fiscal y la acusación particular calificaron el hecho de homicidio. El letrado de la defensa, Juan de la Cierva, pidió la absolución tipificándolo -contra toda evidencia- de muerte accidental. Como se barruntaba desde el comienzo del proceso, los imputados fueron absueltos. De nada sirvieron los recursos de casación interpuestos ante el Tribunal Supremo, fundados en el quebrantamiento de forma.
La convicción de que aquella sentencia era fruto del arreglo, concitó la orquestación de una campaña de prensa contra los jurados. La iniciativa correspondió a Las Provincias de Levante, que en esos momentos todavía podía alardear de independencia política:
La opinión pública de Murcia, con una unanimidad pocas veces vista, pide a voz en grito que se suspendan en esta los juicios por jurados y que no queden ni aun los tinteros en la Audiencia provincial [...] La Administración de justicia está deshonrada en Murcia y hay que dignificarla; el templo augusto de la ley, que el ciudadano debe saludar con respeto, es considerado por las gentes como centro asqueroso de vil contratación; se cree que allí se vende la justicia y se despluma a los procesados; y el pueblo murciano pide una saludable labor de desinfección y saneamiento...
El aparato judicial fue cuestionado en su totalidad: «...hemos advertido muchas veces que hay jurados de oficio y de beneficio; testigos que declaran sin responsabilidad en el plenario lo contrario de lo declarado en el sumario; ganchos que contratan la afrentosa mojiganga de los juicios; miserias de diversa índole que agravan el negrísimo comercio del homicidio...». Nadie quedó a cubierto: «... Todos aparecemos ya como vendidos al dinero del homicida; los magistrados, los jurados, los testigos, la prensa, cuantos elementos deben cooperar a la buena administración de la justicia...»102. Aquella editorial supuso el procesamiento del director -Gabriel Baleriola-, incriminado por injurias al poder judicial y a sus funcionarios103. La causa fue finalmente sobreseída en virtud del Real decreto de 6 de enero de 1899, que indultaba a los sentenciados por delitos de imprenta104.
El mismo periódico publicó una carta abierta al ministro de Gracia y Justicia, Alejandro Groizard -del Partido Liberal-, insistiendo en la acusación formulada, haciéndole partícipe del clima general de desconfianza que se había generado y solicitándole la suspensión temporal del jurado hasta tanto se formasen nuevas listas, exentas de vicios en su constitución. Los efectos sociales que invocaban eran demoledores: «...infunde en las masas populares las ideas más disolventes y temibles; enciende el odio de los pobres contra los ricos; subvierte el orden social; hace aborrecibles nuestros tribunales, que deben ser amados; y amontonan negrísimas nubes en el oscuro horizonte de nuestra amada patria; nubes de indignación y de protesta...»105.
La redacción abrió una suscripción para alivio de los deudos de Miguel Illán, la víctima del crimen. En ella participaron donantes de todo el espectro social y de casi toda la geografía regional, con alguna localidad limítrofe. Comparecieron militares, abogados, periodistas, funcionarios, cesantes, curas y sacristanes; cientos de mujeres, señoras de alcurnia, amas de casas, nodrizas, criadas y operarias; obreros de todos los gremios, labradores y jornaleros, comerciantes, empleados y estudiantes; gentes con alias: Pacorro el Botero, el Torero, la Esperanza, el Chusco, el Tonto, la Girija, el Barbián, Juanico el del Rento o el Mosca. Hasta el cocinero del palacio episcopal y el portero de la Misericordia. Todos dejaron constancia de su indignación. Se recogieron 1.135,75 pesetas, fruto de pequeñas sumas, en consonancia con el carácter popular de la mayoría de los cotizantes. La cifra se equiparó con la colación que puso de una vez Alfonso Chico de Guzmán -destacado terrateniente murciano con titulo nobiliario- para erigir un monumento en Murcia a la memoria de Cánovas del Castillo, muerto poco antes a manos del anarquista Angiolillo.
A cada aportación precedía un breve texto que expresaba, en tono diverso, las frustraciones que provocaba una justicia claramente desnivelada por el peso económico o la influencia política. La campaña se les fue de las manos y la dirección del diario tuvo que establecer una serie de criterios para publicar aquellas notas:
A cada aportación precedía un breve texto que expresaba, en tono diverso, las frustraciones que provocaba una justicia claramente desnivelada por el peso económico o la influencia política. La campaña se les fue de las manos y la dirección del diario tuvo que establecer una serie de criterios para publicar aquellas notas:
Los conceptos vertidos revelan la oposición despertada107. Una ventana abierta por donde se filtra el imaginario colectivo aflorado por la perversión aventada, empezando por una crítica general: «Un amante de la justicia» / «¡Honra a la Administración de Justicia!» / «Justicia contra los de manga ancha» / «Hágase justicia» / «Uno que protesta» / «Otro que pide justicia» / «Otro que piensa lo que no puede decirse». Los hay que puntualizan sobre el ordenamiento vigente: «Un enemigo de la moderna justicia». Menudean las censuras al jurado: «Partidario de la reforma del jurado en el sentido de que no pueda prestarse a amaños» / «Uno que no lo hubieran comulgado con ruedas de molino» / «Otro que no se vende» / «Uno que se hubiera cortado la mano derecha antes de firmar ciertas cosas» / «Un sujeto que tiene vergüenza, pundonor y lo que hay que tener» / «Por los jurados de trastienda » / «Un cómico que no representa ciertos papeles» / «Un vendedor de caretas» / «Un jurado que dice que sí y no y qué sé yo» / «Otro a quien al votar se le desarrolla siempre la compasión» / «Otro que se lava las manos» / «Varios que votan sujetándose a los mandatos de su estómago». Se culpa a los testigos: «Un testigo ocular perpetuo» / «Otro testigo perpetuo de descargo» / «Otro testigo que pierde la memoria a voluntad de su dueño» / «Otro testigo de buena ley, como los duros sevillanos» / «Otro testigo que le corta, riza y toma el pelo a la diosa Themis» / «Otro testigo que quiere decir lo que no podemos publicar» / «Otro testigo que se alquila por horas, como los coches de punto». No falta quien muestra el desprecio por aquel simulacro: «Que les aproveche a los causantes».
Algunas apostillas se centran en la Administración provincial: «¡Supresión de los juicios por jurados en Murcia! Devuélvase la tranquilidad a las gentes honradas» / «Uno que se avergüenza de vivir en Murcia» / «Uno que tiene conciencia y no pasa por la Audiencia» / «Uno que recuerda el dicho vulgar, Mata al rey y vete a Murcia». Otras reflejan el temor a las consecuencias y la pusilanimidad de sus autores: «Un ciudadano que se avergüenza, se aterra y horroriza de lo que sucede» / «Uno que no se atreve a salir de casa hasta que esto no varíe» / «Uno que abandona Murcia» / «Un ciudadano tranquilo, que tiene el alma en un hilo» / «Un Sancho en su ínsula» / «Uno que piensa que habrá quien levante el antifaz» / «Otro convicto y confeso del delito de canguelo» / «Uno que no desearía ser jurado».
Firman los que exigen mayor resolución, recordando al último verdugo que pasó por la ciudad: «Cuatro amigos que notan la falta en Murcia de Pascual Ten»108. Tercian los que optan por la defensa propia: «Uno que se comprará un buen Schmit por si acaso» / «Uno que está dispuesto a tomarse la justicia por la mano» / «Un partidario de aquello de ojo por ojo, diente por diente» / «Uno que barrería todo lo que hay que barrer, ¡y eso que barre...!» / «Para la escoba» / «Uno que hacía cordeta, pero no para hacer bardiza». Se consignan los anónimos recibidos que, evidentemente, no se publicaron. Se distinguen imploraciones piadosas: «Padre nuestro que estás en los cielos» / «Libéranos, Domine» / «Uno que se encomienda en la Virgen de los Peligros cuando viene a Murcia» / «En nombre de Ntra. Sra. del Sagrado Corazón de Jesús, abogada de causas difíciles y desesperadas». Hay quien glosa la memoria de sus difuntos.
Media la lectura política desde las posiciones ideológicas del momento, incluidas las antidinásticas: «Un protestante de las llamadas conquistas democráticas» / «Un republicano» / «Un republicano de verdad» / «Un republicano amante de la justicia » / «Un obrero socialista» / «Un socialista de Fuente Álamo» / «Un federal de La Alberca» / «Un demócrata» / «Un carlista» / «Un español que desea que venga pronto D. Carlos para ver si hay justicia» / «Un carlista callosino». Se hacen presentes las mujeres, algunas con nombres y apellidos, en tanto otras dejan constancia de su ideario: «Una hija de un liberal, que protesta contra la injusticia y su hijo de 14 años que piensa como su madre» / «Una señora enemiga del jurado y del sufragio». No pocas indican procedencia y oficio: «Una criada de Cotillas asustada por estas cosas» / «Una modista que pide justicia» / «Una cocinera que odia los desaguisados».
Entre la sátira y el humor negro: «Porque se supriman las fajas que conducen a la muerte» / «Uno que cree en las brujas de La Arboleja» / «El que vendió la faja con que apareció muerto el Illán» / «Uno que se pone bien la faja para que no se le suba a la tráquea» / «D. Vicente Agüir, del barrio de La Merced, que se no se baña más en la acequia por si se le rompe la traquea» / «Un murciano que en Valencia se consagra a la curación de la tráquea» / «Un pianista de la calle de La Gloria, que cantaba también y se ha quedado sin voz desde que sabe lo de la faja» / «Y el perro Paco ¿se mató?» / «Un cocinero que no gasta pimiento molido por molerse en los molinos» / «Uno que antes no sabía lo que era la traquea» / «De las absoluciones qué? Pues de las absoluciones ná». Aparecen pareados: «Para dictar sentencias a conciencia, la primera sección de nuestra Audiencia» y rimas no reproducibles: «Uno que nos remite una cuarteta de fajas y cinturones que no podemos publicar». Una imaginación desbordante: «Un inglés mojado en chocolate» / «Uno que no le gustan las pavas».
Asoman funcionarios que se quejan del atraso en el cobro de sus haberes: «Uno que no da más porque no le pagan» / «Un empleado del Hospital que le adeudan nueve meses y un mes del año 90». Están los que mencionan sus cortos ingresos, subrayando el sacrificio que les supone los céntimos entregados: «Unas que no pueden dar más» / «Un regante que viene tomando café veinte años y se priva de tomarlo hoy» / «El niño Amadeo Moya, que da su capital».
La iniciativa desplegada tuvo resonancia en diarios de ámbito nacional, como El Liberal y El Imparcial: «La prensa de Murcia viene ocupándose de las constantes absoluciones de los procesos que son sometidos al jurado de aquella Audiencia. Parece que allí, según la frase de un colega murciano, hay jurados de oficio y de beneficio. Otro aclara aun más los conceptos, y dice que se vende la absolución como una partida de naranjas»109.
La frustración coronó el esfuerzo realizado. El desaliento y la impotencia fueron su balance: «Hemos hecho cuanto hemos podido para que se corrijan los abusos de que tanto se duele la sociedad murciana; pero declaramos que la campaña ha sido ineficaz. Aunque se ha dicho que el ministro de Gracia y Justicia y el fiscal del Tribunal Supremo están dispuestos a evitar que se repitan las absoluciones, hasta la fecha nadie ha visto el menor resultado». Se remitió una nueva comunicación al titular del ramo, subiendo el tomo de la reclamación110.
No hubo contestación. Acabó aceptándose que el cambio era imposible. Con este registro se escribía en junio de 1898, afectados de lleno por la independencia de las últimas colonias y en un contexto de descrédito internacional: «No ha mucho se denunciaron en esta las cosas del jurado; toda la prensa de España se ocupó de un asunto tan grave; el gobierno ofreció remediar el mal; y en efecto, el jurado en Murcia continúa peor que antes, hasta el extremo que ya resulta patriótico no sacar a la vergüenza pública sus desmanes, porque se evita un escándalo más y no hay esperanza de que se enmienden»111. Las diatribas se fueron apagando, desplazadas por las noticias de la guerra en Cuba, y aunque se retomaron en momentos puntuales, nada se logró.
7. LOS LÍMITES DEL SISTEMA
La justicia, plegada por la arbitrariedad, se utilizó como se ha visto para deshacerse de los enemigos, imponer la voluntad de un cacique sobre el adversario o dirimir sus conflictos. Todas las batallas parecían vitales -al margen de la categoría electoral del sitio- y en ellas mediaba el gobernador civil de turno. En Abarán -una localidad de 1.815 habitantes en 1897- fue derribado el alcalde José Templado, de adscripción liberal, por no avenirse a ser relevado por su oponente, como implícitamente se derivaba del turno pacífico. A nivel local la política se transmutaba -como se ha dicho- en rivalidad personal, al margen de los pactos nacionales: «... vista la dificultad de que el alcalde acceda a las exigencias para que presente la dimisión, el juez de instrucción de Cieza trata de inutilizarlo por medio de un proceso, por no sabemos qué imaginarios delitos. Por muy curados de espanto que nos hallemos, no acertamos a dar crédito a todo eso que se dice ni a creer que un juez se halle dispuesto a arrastrar su toga, poniéndola al servicio de intereses bastardos...»112.
El alcalde fue procesado y, a consecuencia de ello, el gobernador civil pudo cesarlo, permitiendo la recuperación del control municipal al conservador Domingo Gómez, cabeza visible de un clan que llevaba más de 28 años al frente de aquellos destinos, lo que explica sus sólidas conexiones sociales, necesarias en los momentos de lucha política. La interacción entre justicia y delegación del Gobierno funcionó a la perfección: «...La iniquidad se halla pues consumada: el magín del gobernador y la toga del juez aparecen puestos al servicio de la causa odiosa de un cacique impopular, y contra la noble aspiración emancipadora de un pueblo honrado, laborioso y culto»113.
Se señaló la interposición de Cierva y la existencia de un pulso con el Partido Liberal, representado por el senador Juan López Parra, que venía plantando cara a las anomalías detectadas en la provincia114. De nada sirvió. Los denostados personajes formaron corporación interina y aunque fueron derrotados en las siguientes elecciones municipales -anuladas de modo improcedente- se mantuvieron en el poder. Querellados por prolongación de funciones, se pusieron en marcha las argucias previstas para estos casos, recusando al juez de instrucción y nombrando en su lugar a otro propicio, que no tardó en revocar el auto de procesamiento115. Se interpuso recurso de apelación y aunque fue fallado favorablemente por la Audiencia nada cambió116. De todo ello dio cuenta López Parra, primero por medio de una pregunta y luego por una interpelación al ministro de la Gobernación, Eduardo Dato. No obtuvo ninguna resolución concluyente117. Tuvo que cambiar el gobernador civil para que los concejales legítimos fueran repuestos118.
La figura del gobernador civil devenía cardinal. Imbricado en la estructura caciquil su participación resultaba imprescindible para refrendar las irregularidades cometidas. En caso de disconformidad su sustitución estaba asegurada. Ocurrió con José Díaz de la Pedraja:
[...] que hizo una administración excelente, contra la voluntad manifiesta de los caciques a quienes recogió las licencias, dejándolos relegados a la para ellos triste categoría de simples mortales»119. Apenas se mantuvo unos meses: «...pretendió implantar en este Mediodía, presa del audaz caciquismo violador de las leyes y burlador de la justicia, el imperio de la justicia y de las leyes: y si bien este intento generoso y nobilísimo, ya casi merecedor de mármoles y bronces, atrajo sobre él las simpatías populares, atrajo también la animadversión de cuantos, encaramados en el pináculo de la influencia, no admiten otra ley que su voluntad ni otra justicia que su conveniencia [...] La política se interpuso en su camino e impidió su obra: pero nadie puede regatearle la gloria de haberlo intentado120.
Llegado el caso se contemplaba la compra del perdón. No importaba la trascendencia del delito ni su carga emocional, con situaciones verdaderamente execrables:
[...] su hija de diez años y medio fue acometida brutalmente en su honestidad, con abuso de confianza y de fuerza, resultando contagiada de las afecciones propias del libertinaje. Nos refirió el padre de la víctima que horas antes de verificarse el juicio, le ofrecieron doscientas pesetas para que perdonara, pues de todos modos absolvería el jurado. El infortunado padre de la niña se negó indignado a perdonar por dinero tan grande agravio a su honra, a la paz de su familia y a la desdichada víctima. A las pocas horas el jurado, la institución democrática compuesta de padres de familia, dictaba veredicto de irresponsabilidad, después de haber jurado solemnemente obrar en conciencia121.
Más escandaloso resultó el caso de la ahogada de Pacheco, tal y como lo tituló la prensa. El 28 de febrero de 1897 desapareció de su hogar la joven de 18 años Josefa Benzal Marín. Habitaba en el caserío de Los Dolores -230 habitantes- del término de Pacheco, en el Campo de Cartagena. El padre -un jornalero-, sospechando que había escapado con el novio, Francisco Giménez Zapata, comunicó la desaparición a la Guardia Civil y formalizó el cargo ante el juzgado municipal de Pacheco. El 4 de marzo se dio conocimiento al de instrucción de la capital (distrito de la Catedral) y al fiscal de la Audiencia de Murcia, que dispusieron la búsqueda y captura de Francisco Giménez y de su padre, Tiburcio. Los Giménez -dueños de la tierra-, se habían ausentado del pueblo. Primero marcharon a Portmán, lo que revela su parentesco con el influyente minero Miguel Zapata Sáez, emparentado con la familia Maestre y vinculado por negocios con los Cierva122.
Los fugitivos, bien aconsejados, pasaron a Murcia, donde consultaron con su abogado, Juan de la Cierva, que dejó constancia de sus habilidades procesales o del poder de la influencia. Ingresados en prisión, el juez de instrucción manifestó que los referidos individuos se le habían presentado antes de recibir la comunicación del juez municipal de Pacheco y, en consecuencia, asumía todo el procedimiento. De este modo cerraba la investigación y dejaba sin efecto el mandato de detención que pesaba sobre ellos. El argumento era claramente irregular: «... en atención a la clase de delito que se trataba», en esos momentos el rapto, castigado con prisión correccional123.
El padre de la desaparecida -temiendo su asesinato- presionó al pedáneo de Los Dolores para que buscase con varios vecinos el cuerpo, con preferencia en los aljibes y norias de la diputación. El 6 de marzo se descubrió el cadáver semidesnudo en el fondo de un pozo, el más próximo a la casa del novio. La autopsia reveló que había muerto por asfixia, después de haber sido violada.
Había interés en que no fueran hallados los autores: «La Guardia Civil, que tanto coopera al descubrimiento de los delitos, parece que no ha recibido encargo de practicar averiguaciones que pudieran ser de suma utilidad en el sumario [...] Creemos que la Guardia Civil puede averiguar mucho para esclarecer el negro y misterioso suceso de Pacheco»124. El día 13 fueron puestos en libertad los indiciados, que habían vuelto a prisión a raíz del descubrimiento de los restos. Se denegó a la acusación privada, que representaba al padre de la joven, la realización de una segunda autopsia y que verificase un nuevo reconocimiento del pozo donde había sido encontrado el cuerpo125. Se apeló a la instancia provincial, donde se encontró con la oposición del fiscal126. Únicamente se aceptó que los médicos de aquella parte pudieran examinar los informes periciales de la autopsia. Es decir, nada.
El cargo se disipó. El 4 de septiembre la Audiencia decidió -en contra del auto del juzgado- procesar a Francisco Giménez como presunto autor de un delito de rapto. La vista se demoró al 25 de mayo de 1899, cuando ya nadie se acordaba de los hechos. Aún así se suspendió por incomparecencia de las partes, seguramente buscando un jurado bien dispuesto. Se celebró el 2 de octubre. La familia de la víctima desistió de la acusación. Tampoco la formuló el representante del Ministerio público y el tribunal de derecho dictó libre sobreseimiento a favor del procesado. La prensa no pudo por menos de interrogarse sobre tan extraño final: «Se nos asegura que al firmar el padre de Josefa Benzal el escrito renunciando a seguir mostrándose parte de la causa, lo hizo con lágrimas en el rostro. ¿Qué causas tan poderosas habrán podido influir sobre el ánimo de ese padre para abandonar un derecho tan sagrado?»127.
No se paró en mientes. El traslado de jueces incómodos se contempló cuando su integridad resultó infranqueable. Así lo sufrió -como se ha visto- José López Cardona, magistrado de Totana. Más tortuoso fue el intento de exoneración de Miguel de la Vallina Subirana, juez municipal del distrito de San Juan de Murcia. Tomó posesión el 2 de agosto de 1901, tropezando enseguida con los manejos descritos. Su oposición a tales influjos provocó una dura campaña por parte de la prensa sostenedora de aquel régimen.
El juez se vio obligado a defenderse, censurando el acoso referido y escribiendo una carta al director del Heraldo de Murcia: «Aquí se desea la independencia judicial, pero siempre que los funcionarios se presten a ser maniquís del caciquismo... ». El origen de la diatriba era la irritación de Cierva a tenor de las resoluciones que venía dictando: «Obro con arreglo a mi conciencia, desatiendo ofrecimientos y recomendaciones, y este es precisamente el motivo y fundamento de los ataques que se me hacen impulsados por la pasión o contrariedad...»128.
Se emplearon los argumentos precisos para descalificarlo, empezando por señalar que la Liga de Propietarios le había subvencionado para tramitar los desahucios contra inquilinos y colonos: 25 pesetas en fincas urbanas y 40 en rurales. Será acusado de prevaricador, «...afirmando que vende la justicia, aprovechando la mediación de ganchos para contratar los negocios». Se manejó con soltura la insinuación malévola : «Se dice que para el fallo de determinados asuntos dicho juez ha exigido de mujeres concesiones deshonrosas, y que el despacho del juzgado es teatro de escenas de repugnante realismo que no se atrevería a reproducir la pluma de Zola»129.
El hostigamiento se fue incrementando de forma gradual. Fue recusado en varias diligencias pendientes de sentencia y determinados procuradores acordaron no tramitar ningún particular en aquel juzgado. Terció el Colegio de Abogados, que solicitó del ministro su inmediata separación, «...por considerarlo peligroso para la buena administración de la justicia...». La petición contó con el respaldo de los letrados con acta de diputado, tanto del Partido Liberal -Jesualdo Cañada- como del Conservador, Ezequiel Diez y Sanz de Revenga y Juan de la Cierva. Se exhortó a que los colegiados se abstuvieran de intervenir en los trámites en los que mediase y ejercitar la acción popular en los procesos en que se viera incurso. No debió haber unanimidad ni mucha transparencia cuando dimitió el decano del Colegio, Vicente Pérez Calleja.
Los periódicos de inspiración ciervista dieron pábulo a todo tipo de injurias, suposiciones y rumores, recogiendo las declaraciones de su mentor,
[...] el cual parece que ha hablado de que en ciertos asuntos judiciales le pidió La Vallina 20 o 25 duros para entender en ellos, y solo renunció a tal exigencia cuando el testigo anunció que se hallaba dispuesto a denunciar el hecho al fiscal de la Audiencia, exponiendo también que en cierto pleito, fallado por La Vallina en uno de los días últimos, la providencia citando a las partes para sentenciar y la sentencia misma fueron escritas por puño y letra del juez, quien antes había pedido a D. Mateo Seiquer 4.000 pesetas si quería que la sentencia fuese distinta...130.
La marea fue creciendo, sumándose al cerco el Colegio de Procuradores que, como el de Abogados, también se dirigió al ministro, acordando expedientar al procurador de la Liga de Propietarios José Arroniz, supuesto gancho del juez. El siguiente paso fue el juicio paralelo, echando mano de las peores insidias: «La Vallina está ya juzgado por la opinión pública, y se dice que también se ha convencido de la exactitud de las acusaciones el fiscal de esta Audiencia, que ha formulado querella contra aquél, solicitando a la vez su prisión. Solo a título de rumor damos esta noticia, pues no nos consta su certeza. Sin embargo, nos parece tan verosímil, que no tememos engañarnos»131. La persecución se abrió también contra la Liga de Propietarios, en el punto de mira de oscuros empeños. La finalidad de la iniciativa era doblegar una entidad con la que chocaban los intereses de señalados rentistas de la vega murciana132. La palanca que se utilizó fue Benito Closa, miembro de aquella corporación y declarado ciervista, que aireó papeles e impresos de la contabilidad interna.
El proceso fue sobreseído y Vallina se pudo reintegrar a su puesto al frente del juzgado de San Juan133. Un juez especial había tramitado el sumario, practicando las diligencias de investigación que estimó procedentes, sin que apareciese la demostración ni racionales indicios de la existencia de los hechos que motivaron la denuncia134.
8. CAMPO DE BATALLA ENTRE LIBERALES Y CONSERVADORES
La labor de la prensa devino esencial en el asedio al jurado, coincidiendo en ello las ideologías en presencia. En la de obediencia conservadora las acciones emprendidas contribuyeron a demoler lo que consideraban un ingenio liberal, equiparado al sufragio universal, es decir a la intervención de las masas en la política nacional. En el otro extremo, el rechazo vino por su desvirtuación manifiesta, aunque letrados de esta tendencia también se prestaron a la compostura.
Los partidarios de la reacción se mostraron irreductibles a todo avance democrático: «Se ha visto ya que con el sufragio, el jurado y otras zarandajas no se ha resuelto nada»135. Destacaron Las Provincias de Levante, tildado de periódico de la Inquisición, aprovechando su emplazamiento en la que fue sede del Tribunal del Santo Oficio136. Sus actuaciones impulsaron la aversión al jurado por tratarse de una institución popular: «...una intrusión intolerable de la indocta plebe»137. Demandó la vuelta al pasado, a un sistema con mayor rigor y -buscando el respaldo de la clase media- más económico138. Un posicionamiento claramente ultramontano: «Hay actualmente dos enemigos para la paz social: el jurado y el sufragio universal. El jurado porque deja indefensa la sociedad, el sufragio universal porque estérilmente trae las más enconadas luchas sociales. Y decimos estérilmente, porque hoy es un organismo inútil la representación nacional...»139.
Juan de la Cierva se perfiló contra el sufragio universal desde su primera intervención parlamentaria -20 de mayo de 1896-, a pesar de haber sido designado asesor técnico para su aplicación140. Se integraba en su bagaje ideológico, rechazando también al jurado. Ironizaba en el Congreso con sendas propuestas en una confrontación con el conde de Romanones:
Si alguna vez desde aquí, desde estos bancos, hemos hablado de esas pomposas conquistas democráticas que S. S., para defenderlas, decía que es necesario que se reúnan todos los que por sus venas llevan sangre liberal; si alguna vez desde aquí hemos hablado del jurado y del sufragio universal, de esas maravillosas instituciones que nos habéis dado para felicidad de la nación española, habréis oído, en efecto, quejas muy amargas, pero no habréis escuchado amenazas graves contra esas instituciones141.
Tuvo su reprobación inmediata: «Esas ironías pintan al Sr. La Cierva de cuerpo entero. Acostumbrado a manejar el jurado a su capricho, y acostumbrado a manosear en el Gobierno Civil dos días después de las elecciones las actas en blanco, maldito el respeto que pueden inspirarle el sufragio y el jurado al que ha llegado a ser lo que es, por haberlos atropellado»142.
La dependencia política de la prensa se dejó notar en los perceptibles cambios de su línea editorial. Ocurrió de forma significativa con Las Provincias de Levante, cuya contienda contra la intervención de la justicia se silenció a partir de noviembre de 1899, al quedar bajo el control del ciervismo143. La sumisión fue aflorada de forma resuelta: «¡Con qué facilidad cambian los tiempos! Los periódicos que ayer eran vocingleros hoy se vuelven mudos. Los que ayer voceaban la moralidad ante la desgracia hoy enmudecen ante el crimen. Los que ayer predicaban la virtud hoy tapan el vicio»144. Su credibilidad quedó en entredicho: «...un periódico sin prestigio porque vive a expensas de un partido, al cual favorece con elogios necios, en todas ocasiones, aunque con ello falte a la verdad y vaya contra los intereses del pueblo; un periódico que recibe inspiraciones de cuatro caciques acéfalos y a modo de perrillo faldero suyo...»145.
Su contrario, el Heraldo de Murcia, representaba la alternativa liberal de Canalejas: «...fustigador de todas las trapacerías y desvergüenzas del caciquismo local»146. La determinación anticiervista le costó continuas acusaciones, seguidas de procesamientos, saldados con multas y destierros147. La hostilidad desembocó en la violación de los derechos más elementales, sin descartar la agresión física. En tales extralimitaciones medió la autoridad provincial, usual apelación de Cierva en la resolución de los conflictos locales. Uno de aquellos excesos llegó hasta el Senado en una de las interpelaciones de López Parra:
[...] Una persona que no era el propietario del periódico, que no era el que lo pagaba, queriendo congraciarse con determinados elementos de ese partido [Conservador] entró violentamente en la redacción del periódico, empasteló las formas y dio algunos golpes a los cristales [...] que cuando el director de ese periódico se preparaba para rechazar tan brutal agresión fue preso por la policía, sin llevarle al despacho del gobernador, sino a la cárcel; metido allí en un calabozo, incomunicado y tratado como no se trataba en los peores tiempos de la famosa Inquisición»148.
En pleno regeneracionismo, el órgano de Cierva se decantó por el pretorianismo:
Cabalmente en estos días se habla y se escribe mucho del militarismo, suponiendo algunos que vamos a perder la libertad bajo la espada de un César, que ojalá surgiera para engrandecimiento de la patria. El país no se ha alarmado ni entristecido ante el imaginario temor de que perdamos el sufragio, el jurado y la libertad de imprenta; porque el sufragio es mentira, el jurado un peligro y la libertad de imprenta sirve con frecuencia para que insulten y ultrajen, por medio de un testaferro, aquellos que no tienen el valor de hacerlo personalmente149.
Toda una premonición de la dictadura de Primo de Rivera, que el 13 de septiembre de 1923 acababa con las conquistas señaladas.
Desde la opción liberal aquellos logros fueron igualmente denostados, aunque en este caso por su interesada manipulación:
[...] tiene el ciudadano español consignados sus derechos en la Constitución del Estado y a cada triquitraque se declaran esos derechos en suspensión indefinida. También poseemos los españoles la facultad de reunión, de asociación, de manifestación, sólo que sometidas al arbitrio de cualquier autoridad subalterna. También poseemos jurado, más instituido de suerte que no pueda funcionar sin desprestigiarse a sí mismo. También la prensa es libre, teniendo en la cárcel a sus redactores. También gozamos del sufragio universal, cuyos resultados a la vista están...150.
A su sentir, los caciques habían falseado el jurado, «...la más hermosa de las conquistas democráticas»151.
En esa línea de pensamiento se insistía en su necesario reajuste y en la especificidad de su corrupción en Murcia152. Planteaba su suspensión temporal, como estaba previsto en el artículo 122 de su norma reguladora. La pretensión quedaba remarcada con contundencia: «Hora es ya de que el jurado en Murcia deje de ser instrumento de caciques y muñidores electorales para asegurar la impunidad de sus agentes o servidores [...] Hora es ya de que el nombre de Murcia repercuta en toda España como un país civilizado, borrando de la historia el denigrante aforismo de mata al rey y vente a Murcia»153.
La perversión fue igualmente evidenciada en los medios progresistas y obreros: «Se promulgó la ley del jurado y el jurado no es hoy, por regla general, la función augusta de rectos ciudadanos que administran justicia; suele ser manantial de repugnantes favores, y aun a veces mercado donde una gavilla de truhanes ofrece por dinero la impunidad»154. En el cabo opuesto sobraba hipocresía: «...dentro del régimen democrático, con sufragio universal y con jurado, y con periódicos y reunión pública, la masa obrera tiene medios poderosísimos para conseguir dentro de la legalidad inmensas ventajas, sin los peligros de la violencia»155.
El 17 de mayo de 1902 un menor de edad -Alfonso XIII- ocupaba el trono. Era un paso más en aquel entramado tan artificiosamente construido: «El Código penal considera la edad de dieciséis años como una atenuante muy calificada. A los dieciséis años a nadie es lícito administrar su propia hacienda. Un niño de dieciséis años no puede ser sacerdote, juez, jurado, profesor, diputado, concejal, gobernador, abogado, ingeniero, comerciante... Únicamente puede ser rey»156.
CONCLUSIONES
La justicia es un reflejo de la sociedad de su tiempo. En el caso que nos ocupa, su tergiversación fue trasunto del régimen político de la Restauración, revelándose como primordial dispositivo para consolidar el poder de una oligarquía de base agraria asentada sobre el caciquismo. Murcia fue un ejemplo meridiano. Una sociedad atrasada, que permitió el extendido arraigo de tal extravío. En ello desempeñó un papel esencial Juan de la Cierva, al frente de una extensa red clientelar capaz de asegurar el control electoral de la provincia. En ese ámbito, el sistema judicial le permitió allanar obstáculos políticos, dilucidar cuestiones de hegemonía, pagar favores, defender a iguales y hacerse con una cohorte de matones dispuestos a forzar voluntades.
La labor se vio facilitada con la instauración del juicio por jurados, cuyos miembros se mostraron permeables a las presiones ejercidas, bien en forma de amenazas o de prebendas. La intervención abarcó todo el procedimiento, empezando por su elección, con la remoción como alternativa. Los magistrados no quedaron a salvo. Los que se negaron a colaborar fueron recusados, trasladados y vilipendiados. Los gobernadores civiles se mostraron decisivos en aquel proceso, secundando en sus tareas a los jueces que se ajustaban a los manejos descritos. También algunos fiscales se prestaron a los apaños convenientes. La corrupción benefició a los letrados -al margen de su militancia- que se señalaron por su capacidad en conseguir sentencias exculpatorias. Las absoluciones se multiplicaron, justificando la validez del adagio Mata al rey y vete a Murcia. El matonismo político alcanzó un enorme desarrollo. Individuos del lumpen -sin ideología-, que menudeaban entre los criminales absueltos por las mañas anotadas, fueron alistados en las huestes del cacique. Facilitaban las tareas electorales, agredían a los adversarios políticos y, en última instancia, acababan con su vida. En esos extremos tampoco eran condenados los inductores. Las relaciones de dominio lo impedían.
Una justicia de clase. Los potentados, habituados como estaban a la impunidad por su preeminencia social, solventaban por su cuenta la conflictividad que se les planteaba, particularmente en el mundo rural, con acciones aterradoras que definían a sus protagonistas como seres de escasa mesura, la incivilidad propia del primitivismo. El respeto que imponían los ricos -su peso político- movía influencias para lograr veredictos de inculpabilidad. Magistrados, fiscales, abogados, jurados, testigos y la misma prensa -tan combativa en otros terrenos- se doblaron a sus exigencias. Perdidos todos los recursos podían comprar el perdón de las víctimas: la humillación de la honrada modestia.
El jurado -dada su trayectoria absolutoria y las maquinaciones de que fue objeto- se convirtió en blanco de las críticas. La prensa alentó las empresas oportunas. Pudo llamar a la colaboración ciudadana, hábilmente concitada con la difusión de los casos de flagrante iniquidad. Emergió el imaginario colectivo con respecto a la institución y a la justicia en general. De derecha a izquierda y de arriba abajo las manifestaciones fueron de rechazo. Aparentemente nada se consiguió, pero se ahondó en su desdoro, tal vez la razón última de una iniciativa que defendía la vuelta al rancio pasado, expulsando a las clases populares de cualquier ámbito de decisión. Los periódicos de adscripción liberal tuvieron que asumir aquella impopularidad, cargando las tintas sobre su adulteración por el ciervismo, pero nada más.
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61. El Diario de Murcia, 12 y 16 de abril de 1889.
62. El Diario de Murcia, 10 de abril de 1889.
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66. La Paz de Murcia, 25 de febrero de 1894.
67. El 10 de mayo de 1907 participó con sus hijos en una refriega contra Pedro Fernández Lussón y Francisco Fernández Valiente. Se hicieron de 10 a 12 disparos con armas de fuego y el último resultó con cuatro heridas producidas por arma punzante. Vid. El Liberal de Murcia, 11 de mayo de 1907.
68. SALILLAS, Rafael: El delincuente español. Madrid: Librería de V. Suárez, 1898, p. 503.
69. Heraldo de Murcia, 18 de julio de 1901.
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79. El Heraldo de Madrid, 26 de octubre de 1892.
80. La Paz de Murcia, 24 de noviembre de 1892.
81. Dirigente del partido liberal de la provincia y diputado por Murcia en 1901.
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83. El País (Madrid), 29 de noviembre de 1892.
84. La Correspondencia de España (Madrid), 24 de octubre de 1893.
85. El Diario de Murcia, 25 de octubre de 1893.
86. El Diario de Murcia, 29 de octubre de 1893.
87. El Eco de Cartagena, 31 de octubre de 1893.
88. La Paz de Murcia, 3 de julio de 1894.
89. Las Provincias de Levante (Murcia), 9 de julio de 1895.
90. Las Provincias de Levante (Murcia), 8 de julio de 1895.
91. Las Provincias de Levante (Murcia), 9 de julio de 1895.
92. Las Provincias de Levante (Murcia), 8 de julio de 1895.
93. Las Provincias de Levante (Murcia), 10 de julio de 1895.
94. Las Provincias de Levante (Murcia), 8 de julio de 1895.
95. Las Provincias de Levante (Murcia), 9 de julio de 1895.
96. El Diario de Murcia, 24 de noviembre de 1896.
97. Las Provincias de Levante (Murcia), 24 de noviembre de 1896.
98. El Diario de Murcia, 27 de noviembre de 1896.
99. El Diario de Murcia, 29 de noviembre de 1896.
100. Las Provincias de Levante (Murcia), 28 de diciembre de 1896.
101. Vid. EGEA BRUNO, P. M.a: «La ciudad de Murcia en la segunda mitad del siglo XIX». En: EGEA BRUNO, P. M.a y GARCÍA HOURCADE, J. J. (coords.): Javier Fuentes y Ponte (1830-1903). Murcia: Fundación Centro de Estudios Históricos e Investigaciones Locales Región de Murcia, 2004, pp. 21-22. Del mismo autor: «El reinado de Alfonso XIII (1902-1923)». En: Historias de nuestra historia. 100 años de la Región de Murcia, 1903-2003. Murcia: La Verdad, 2003, pp. 22-26.
102. Las Provincias de Levante (Murcia), 24 de octubre de 1897.
103. Las Provincias de Levante (Murcia), 5 de noviembre de 1897.
104. Gaceta de Madrid, 6 de enero de 1899, p. 51.
105. Las Provincias de Levante (Murcia), 25 de octubre de 1897.
106. Las Provincias de Levante (Murcia), 30 de octubre de 1897.
107. Vid. Las Provincias de Levante (Murcia), 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de octubre, 1, 2, 3 y 4 de noviembre de 1897.
108. Vid. GARCÍA JIMÉNEZ, Salvador: La Perla y el verdugo. Murcia: Real Academia Alfonso X el Sabio, 2008.
109. El Imparcial (Madrid), 29 de octubre de 1897.
110. Las Provincias de Levante (Murcia), 9 de noviembre de 1897.
111. Las Provincias de Levante (Murcia), 7 de junio de 1898.
112. Heraldo de Murcia, 4 de mayo de 1899. Un desafuero extendido al conjunto nacional que en ocasiones desorganizaba la cábala caciquil. La respuesta fue la circular de 30 de mayo de 1898 que permitía a los concejales volver al ejercicio de sus cargos si en las causas formadas había recaído auto de sobreseimiento, que fue lo habitual. Vid. Gaceta de Madrid, 1 de junio de 1898, p. 816.
113. Heraldo de Murcia, 11 de mayo de 1899.
114. Heraldo de Murcia, 25 de septiembre de 1899.
115. El Heraldo de Madrid, 4 de octubre de 1899.
116. Heraldo de Murcia, 28 de febrero de 1900.
117. Diario de Sesiones de Cortes. Senado. Sesiones de 26 de junio de 1899, pp. 311-313 y 8 de enero de 1900, pp. 1.833-1.836.
118. Heraldo de Murcia, 11 de abril de 1901.
119. Heraldo de Murcia, 7 de febrero de 1901.
120. BAUTISTA MONSERRAT, Francisco: Murcia en 1896. (Ligera crónica del año. Murcia: Tip. de Antonio de Echenique, 1897, p. 44.
121. Las Provincias de Levante (Murcia), 24 de noviembre de 1897.
122. Vid. VILAR, J. B. y EGEA BRUNO, P. M.a (con la colaboración de Diego VICTORIA MORENO): La minería murciana contemporánea (1840-1930). Murcia: Universidad de Murcia, 1990.
123. Las Provincias de Levante (Murcia), 10 de marzo de 1897.
124. Las Provincias de Levante (Murcia), 15 de ma
125. El Diario de Murcia, 24 de marzo de 1897.
126. El Diario de Murcia, 30 de abril de 1897.
127. Heraldo de Murcia, 2 de octubre de 1899.
128. Heraldo de Murcia, 30 de diciembre de 1901.
129. Las Provincias de Levante (Murcia), 2 de enero de 1902.
130. Las Provincias de Levante (Murcia), 3 de enero de 1902.
131. Las Provincias de Levante (Murcia), 6 de enero de 1902.
132. Heraldo de Murcia, 5 de mayo de 1902.
133. El Correo de Levante (Murcia), 16 de mayo de 1902.
134. Heraldo de Murcia, 16 de mayo de 1902.
135. Las Provincias de Levante (Murcia), 8 de mayo de 1891.
136. IBÁÑEZ, José M.a: Serie cronológica de la prensa periódica en Murcia. Murcia: Tip. San Francisco, 1931, p. 203. DE LOS REYES, Antonio: «La prensa murciana en el siglo XIX: una aproximación», Anales de Historia Contemporánea, 12, Murcia, 1996, p. 356.
137. Heraldo de Murcia, 27 de abril de 1899.
138. Las Provincias de Levante (Murcia), 10 de noviembre de 1897.
139. Las Provincias de Levante (Murcia), 16 de diciembre de 1897.
140. DE LA CIERVA Y PEÑAFIEL, J.: Notas...Op. cit., pp. 24-25. Sobre su rechazo a la ley electoral SÁNCHEZ MAURANDI, A.: Don Juan... Op. cit., pp. 29-32.
141. Las Provincias de Levante (Murcia), 8 de abril de 1901.
142. Heraldo de Murcia, 9 de enero de 1900.
143. Cfr. IBÁÑEZ, José M.a: Serie... Op. cit., p. 203.
144. Heraldo de Murcia, 6 de febrero de 1901.
145. Heraldo de Murcia, 10 de junio de 1902.
146. CRESPO, Antonio: Historia de la prensa periódica en la ciudad de Murcia. Murcia: Real Academia Alfonso X el Sabio, 2000, pp. 179. IBÁÑEZ, J. M.: op. cit., pp.266-267.
147. ALONSO NAVARRO, Serafín: Prensa murciana del siglo XIX. Murcia: Asociación de la Prensa de Murcia-Caja de Ahorros de Alicante y Murcia, 1987, pp. 108-114. CRESPO, A.: Historia... Op. cit. p. 216.
148. Diario de las Sesiones de Cortes. Senado, sesión de 10 de diciembre de 1900, p. 194.
149. Las Provincias de Levante (Murcia), 29 de octubre de 1900.
150. Heraldo de Murcia, 22 de febrero de 1900.
151. Heraldo de Murcia, 7 de octubre de 1901.
152. Heraldo de Murcia, 15 de marzo de 1900.
153. Heraldo de Murcia, 31 de enero de 1901.
154. El Obrero (Lorca), 14 de noviembre de 1901.
155. Las Provincias de Levante (Murcia), 2 de enero de 1902.
156. Heraldo de Murcia, 17 de mayo de 1902.
Pedro M.a EGEA BRUNO
Universidad de Murcia
Fecha recepción: 21/04/2015; Revisión: 15/10/2015; Aceptación: 20/11/2015
BIBLID [0213-2087 (2015) 33; 159-192]
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